Deudores morosos

El Fondo Residual quiere más tiempo para la regularización de deudas

03/10/2007
E

l administrador del Fondo Residual, Leonardo Plasenzotti, adelantó su intención de elevar a la Legislatura un proyecto de ley que reedite el "Régimen Transitorio de Regularización de Deudas" que fuera implementado mediante la sanción de la ley 692.
El titular del organismo al que fuera transferida la cartera deudora excluida del Banco de la Provincia aseguró que el régimen en cuestión permitió alcanzar el más alto nivel de recupero de deudas desde la constitución del ente, sucedida hace 7 años.
Plasenzotti mencionó que durante los 180 días de vigencia de acogimiento al régimen –que venció a fines del año pasado–, el Fondo pudo concretar acuerdos de pago por orden de 16 millones de pesos, y que a esos convenios deben sumarse otros que por corresponder a deudas superiores al millón de pesos aguardan la conformidad del Parlamento fueguino.
El aspecto central del régimen de regularización de deudas establecido en la ley 692, fue que determinó que la deuda exigible debía tomarse al valor contable "que registraban las respectivas operaciones en el Banco Tierra del Fuego al momento de entrar en mora en la citada entidad en el crédito otorgado". Además fijaba una escala de tiempo para la cancelación que estaba sujeta al monto de la operación. Para deudas de hasta 10 mil pesos se contaba con hasta 5 años. Si se trataba de montos de hasta 25 mil pesos, el plazo se extendía a 10 años; a 15 años para deudas de hasta 50 mil pesos; 20 años para montos de más 100 mil pesos, y de hasta 30 años para aquellas obligaciones comprendidas entre los 101 mil pesos y el millón de pesos. En tanto que para aquellas deudas superiores al millón de pesos se mantenía el plazo de cancelación a 30 años, pero el convenio de pago quedaba sujeto al acuerdo legislativo previo.
Para todas las operaciones se determinó que la tasa de interés aplicable sería del 4% anual, y que en caso de operación de pago al contado del monto total, el deudor sería bonificado con el 30% del total adeudado.

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