Decreto del Ejecutivo Provincial

Material didáctico sólo para docentes que presten servicios en las escuelas

15/05/2008
E

n una decisión que podría catalogare como de estricta ajusticia, la Gobernadora dispuso que únicamente los docentes que presenten servicios en establecimientos educativos perciban la asignación anual y especial, no remunerativa y no bonificable, denominada "Ayuda Material Didáctico", excluyendo de esta manera a aquellos docentes que se encuentren realizando tareas en el ámbito del Ministerio de Educación.
La resolución, adoptada el jueves 8 de mayo mediante decreto 775/08, determina también que la mencionada asignación se liquidará durante le segundo cuatrimestre del año, en una o dos cuotas; dependiendo ello de la cantidad de cargos u horas cátedras que acumule cada docente.
Esta norma viene a modificar aquella que fuera dictada en junio del año pasado por el entonces gobernador Hugo Cóccaro. Ésta es la segunda modificación que sufre la implementación del adicional que fuera dispuesto en septiembre de 2006.
Inicialmente, la ayuda por Material Didáctico alcanzaba exclusivamente a los docentes que prestaban servicios en los establecimiento educativos, cualquiera fuera su categoría o situación de revista, dependiendo el monto a percibir de la cantidad de cargos, horas cátedras o función desempeñada por cada agente.
8 meses después de la entrada en vigencia del decreto 3491/06, y de la recomposición salarial para el sector docente, el Gobierno resolvió, por un lado, reducir la cantidad de beneficiarios en función de cargo, horas cátedra o función, pero por el otro incluir dentro de los alcances del adicional "al personal del escalafón docente que se encuentre realizando tareas en el ámbito del Ministerio de Educación, no prestando servicios en los establecimientos educativos".

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