Complementando la emergencia administrativa

Se estableció régimen de guardias para el personal que no perciba adicionales

19/05/2009
E

l Poder Ejecutivo dispuso implementar en el ámbito de la administración central un régimen de guardias para el personal del escalafón seco que no perciba ningún adicional o plus salarial, de manera de reconocer a esos agentes las funciones que realizan en forma extraordinaria, en el marco de la emergencia administrativa declarada mediante el decreto 737/09 el pasado 25 de abril, y mejorar el nivel remunerativo del personal en cuestión.
En el decreto 808/09, dictado el pasado miércoles 13, se sostiene que "ante el cúmulo de tareas que presentan distintas jurisdicciones de la Gobernación de la Provincia, deviene necesario implementar los mecanismos tendientes a normalizar las gestiones administrativas que tramitan ante las reparticiones de la Administración Central", y que se entiende que esta medida brinda al Ejecutivo provincial "una herramienta eficaz para hacer frente al actual estado de situación y permite atender situaciones fortuitas de índole administrativo que puedan presentarse a futuro".
La normativa en cuestión establece un régimen de guardias activas y pasivas que regirá para la "totalidad del personal del escalafón seco, dependiente de l Administración Pública Central, que preste reales servicios en esta y que no perciba ningún adicional o plus u otro régimen de guardias no establecido mediante la presente, con excepción de Responsabilidad Jerárquica o Fallo de Caja".
Define como guardia activa "a toda jornada laboral de 4 horas cumplidas de lunes a viernes fuera de la franja horaria habitual; sábados, domingos y feriados, con cumplimiento efectivo del servicio, efectuadas dentro del ámbito laboral habitual". Estas guardias serán destinadas "a realizar tareas programadas y predecibles, que puedan formar parte o no del trabajo habitual". Cada guardia activa tendrá un valor equivalente al 16% de una categoría 21 PAyT; es decir unos 414,56.
En tanto, las guardias pasivas podrán tener carácter rotativo y "el agente se encontrará a disposición del servicio, fuera del ámbito y franja horaria laboral habitual. Las mismas implicarán prestación de servicio frente a situaciones imprevistas por caso fortuito o emergencias insalvables, que no sean factibles de programación previa", por lo que las tareas habituales no serán consideradas "como parte de tareas pasivas". Las guardias pasivas tendrán un valor equivalente al 8% de la categoría 21 PAyT, lo que representa un monto cercano a los 207 pesos.

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