busca reconocimiento legal de uniones con independencia de sexo u orientación sexual

Presentaron en Legislatura un proyecto de ley de unión civil

06/10/2009
Un grupo de ciudadanos de la provincia presentó ante la Legislatura un proyecto de ley de creación del Registro Público de Uniones Civiles, en el que –al igual que sucede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Provincia de Río Negro y la ciudad cordobesa de Villa Carlos Paz– podrán inscribirse todas las uniones "conformadas libremente por dos personas con independencia de su sexo u orientación sexual" que "hayan convivido en una relación de afectividad estable por un período mínimo de un año, salvo que entre los integrantes haya descendencia en común".
Esta propuesta –cuyos impulsores son Leandro González y la abogada Carolina Villareal– reproduce casi textualmente el contenido de Uniones Civiles que rige en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 2002, pero a diferencia de aquella reduce de 2 a 1 año el requisito de convivencia mínima previa.
Con la sanción de este proyecto se le reconoce a los integrantes de la unión civil un ejercicio de derechos, obligaciones y beneficios similares a los de los cónyuges, lo que dará la posibilidad de incorporar a la pareja a la obra social o prepaga; acceder a créditos bancarios en conjunto; obtener licencia laboral en caso de enfermedad del concubino y realizar declaraciones conjuntas de impuestos, entre otros beneficios que hoy se tienen vedados. Pero, a diferencia del matrimonio, la pareja conformada a partir de la unión civil no puede adoptar hijos o heredarse mutuamente en caso de muerte del compañero. Y tampoco se ve afectada la situación patrimonial de los contrayentes, ya que en caso de una separación, no hay división de bienes como sucede tras un divorcio vincular.
Aun cuando, en principio, pueda interpretarse que la iniciativa busca dar amparo legal a las uniones entre personas de mismo sexo, también está apuntada a darlo a parejas de distinto sexo que, por las razones personales que sea, han decidido no casarse.
Esto queda demostrado con las estadísticas de la ciudad de Buenos Aires, de las que surgen que el 80% de las Uniones Civiles corresponden a parejas heterosexuales.
Para poder asentar la unión en el Registro Público que se busca crear, los integrantes deberán tener domicilio en la provincia, con una antigüedad mínima de 1 año, y demostrar una convivencia previa por igual período, la que deberá ser probada por dos testigos como mínimo.
No podrán constituir una unión civil los menores de edad; los parientes por consanguinidad ascendiente y descendiente sin limitación; los hermanos y medios hermanos; los parientes por adopción o, entre otros, los que se encuentran unidos en matrimonio, mientras este subsista.
En tanto, se contempla como causales de disolución de la unión civil la decisión de mutuo acuerdo entre las partes; el matrimonio posterior o fallecimiento de uno de los integrantes, o la decisión unilateral de uno de los miembros. En este último supuesto, la disolución operará a partir de la denuncia que se efectúe ante el Registro de Uniones Civiles.

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