Venta directa de gas de regalías

Para Basanetti, el fallo de STJ será clave para la institucionalidad de la Provincia

16/12/2009
El ex vicegobernador Carlos Bassanetti consideró que el fallo que debe dictar la Corte fueguina sobre la operación de venta directa de gas de regalías a Tierra del Fuego Energía y Química SA reviste gran trascendencia para la vida institucional de la provincia, y para la construcción de credibilidad del Poder Judicial ante la ciudadanía.
Bassanetti señaló que a su entender "más del contenido, del asunto y de cómo falle el tribunal", éste resultará "un fallo clave porque es un caso en el que está verdaderamente puesto en juego si estamos en una provincia que respeta las normas; el estado de derecho y que es capaz de aspirar al progreso dentro de lo que marca la Constitución".
Consideró además que resultará fundamental conocer las razones que esgrima la Corte para defender la postura que adopte sobre el tema, ya que se está ante una causa de aquellas en la se "empieza a formar la credibilidad del Poder Judicial", ya que "se pone en juego la capacidad del Poder Judicial como controlador de los actos de los otros Poderes. Entonces acá hay mucho en juego, mas allá de lo económico o de la contratación específica, que tiene que ver con el rol de del Superior Tribunal como custodio de la Constitución frente a los actos de los otros Poderes públicos que a veces pretenden, en mayor o meno medida, transgredirla".
El máximo tribunal fueguino deberá resolver tanto sobre la medida cautelar solicitada por la Fiscalía de Estado –en la que solicitó se ordene al Ejecutivo abstenerse de realizar cualquier acto vinculado con la venta directa de gas hasta que el Tribunal de Cuentas y la Legislatura aprueben el convenio firmado con TFEyQ SA–, pero también sobre la constitucionalidad de la ley 774, que habilitó la contratación directa con la empresa, tal lo planteó Bassanetti en la presentación realizada ante la Corte, la que fuera avalada por la opinión del Fiscal ante el STJ, Oscar Fappiano.
A entender de Bassanetti, por una razón de "buen orden jurídico" los ministros deberían examinar en primer lugar "la constitucionalidad de la norma que va aplicar para resolver, en definitiva, la petición cautelar", por cuanto así se los impone la Constitución. Si bien reconoció que se está ante una situación "que no es usual, porque las partes –que son el Poder Ejecutivo y el Fiscal de Estado– no han planteado la inconstitucionalidad de la ley 774, sino que por el contrato la admiten como constitucional" por imperio constitucional los jueces, de oficio, lo primero que deben analizar es "la congruencia entre la ley que van a aplicar para resolver un caso y la Constitución", señaló en declaraciones a Radio nacional Ushuaia.
Puesto a analizar las diversas alternativas de resolución que presenta el caso, el ex vicegobernador y ex Fiscal ante el STJ, señaló que en caso de que se considere constitucional la ley 774 y se haga lugar a la cautelar presentada por la Fiscalía de Estado, el Ejecutivo para poder seguir avanzando en la concreción de esta operación de venta directa deberá, primero, "cumplir con la ley 50, en lo que refiere a la intervención del Tribunal de Cuentas en el control de la operación, y después, por tratarse de una contratación que involucra hidrocarburos, deberá remitir a la Legislatura el convenio, no el memorandum de entendimiento, para que lo analice en todas sus cláusulas y lo apruebe o no, ya que así lo exige la constitución". Pasos estos que hasta el día de hoy han sido vulnerados por el Ejecutivo.

"Una claudicación muy seria"

Consultado sobre si técnicamente existe la posibilidad de que la Corte resuelva hoy únicamente sobre la medida cautelar y postergue para después de la feria judicial la definición sobre la constitucionalidad de la ley, consideró que esa especulación no resulta descabellada, pero interpretó que constituiría "un fallo erróneo".
"Si ése es el resultado" al que se arriba, "creo que se estaría ante una claudicación muy seria del Poder Judicial, porque no estaría cumpliendo con el rol institucional que tiene por Constitución", postuló.

Sin demasiada celeridad

Bassanetti coincidió con la opinión de EDFM en cuanto al extenso plazo que se tomó el STJ para llegar a la instancia de resolución de este trámite. "La primera sustanciación que hizo el STJ parecía adecuada como para plantear que ante una cuestión grave no la iba a resolver sin escuchar al Ejecutivo o al Tribunal de Cuentas. Hasta ahí me parecía correcto, a pesar de que se iba demora un poco, porque estaba dentro de las normas del debido proceso. Pero cuando resolvió el segundo traslado –por la presentación realizada por el presidente del TCP– me pareció que ya se estaba excediendo un poco, y perdiendo la óptica sobre la necesidad de resolver esto con la celeridad debida". Vale recordar que la medida cautelar fue presentada por Fiscalía de Estado hace más de dos meses.
Etiquetas