Para salvar observaciones del Tribunal de Cuentas

Aprobación retroactiva del nuevo jurisdiccional de compras del Puerto

11/01/2010
P
ara cumplir con una serie de observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas sobre diversas contrataciones efectuadas por la Dirección de Puertos, el Poder Ejecutivo resolvió aprobar, mediante el decreto 01 de 2010, "el jurisdiccional de compras para la Dirección Provincial de Puertos con efecto retroactivo al 3 de marzo de 2009".
En la mencionada norma, que lleva la firma del vicepresidente 1 de la Legislatura Manuel Raimbault –quien se encuentra a cargo del Poder Ejecutivo– se deja constancia de que la necesidad de dar efecto retroactivo a la disposición apunta a "sanear los actos cumplidos o en ejecución" de la DPP que fueron motivo de observaciones legales de parte del órgano de control, y a "dar continuidad a las contrataciones en curso y a las que en el futuro se realicen".
El 5 de marzo del año pasado, la DPP dispuso por Resolución 255 modificar su jurisdiccional de compras, para adecuarlo a la realidad económica del mercado. Esa normativa, publicada en el Boletín Oficial recién en agosto de 2009, fue objetada por el Tribunal de Cuentas, como así todas las contrataciones realizadas al amparo de la misma, que ordenó además a la DPP se abstenga de realizar compras o contrataciones que no se adecuen a los montos establecidos mediante los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo Provincial.
A los fines de sanear los actos cumplidos o en ejecución en materia de contrataciones por parte del DPP, el Ejecutivo dispuso, el pasado 4 de enero, aprobar con efecto retroactivo a marzo del año pasado el jurisdiccional de compras de la Dirección Provincial de Puertos.
En función de ello, esa dependencia se encuentra autorizada a disponer gastos de hasta 5000 pesos a través de Fondos Permanentes; de hasta 100 mil pesos por compra directa; 250 mil pesos por concursos de precios; 500 mil por licitación privada y de más de 500 mil pesos por licitación pública, para el caso de compras y contrataciones realizadas al amparo de la ley de contabilidad. En tanto que para aquellas tramitadas bajo el régimen de la ley nacional de Obras Públicas se determinó hasta 100 mil pesos para contrataciones directas; entre 100 mil y 500 mil pesos por licitación privada y por encima de ese monto por licitación pública.

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