Censo nacional de población, hogares y viviendas 2010

Gobierno lo declaró de interés provincial y creó el Comité Censal Provincial

06/04/2010
P
or solicitud del Ministerio del Interior, el Ejecutivo fueguino adhirió al decreto nacional 67/2010, que dispuso la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010. Además lo declaró de interés provincial, creó el comité censal provincial e invitó a los municipios a conformar Comités Operativos a nivel de su jurisdicción. La medida fue adoptada a través del dictado del decreto 702.
En coincidencia con la estructura dispuesta en el plano nacional, en Tierra del Fuego también se creo un Comité Censal, que deberá constituirse dentro de los 30 días de dictado el presente Decreto, será presidido por el ministerio de Economía. El Director General de Estadística y Censo actuara como secretario Ejecutivo de ese organismo que tendrá por misión la coordinación institucional y la ejecución del operativo censal en todas sus etapas, conforme al plan de actividades diseñado por el INDEC.
Con la finalidad de contribuir al desarrollo eficiente y eficaz de las tareas contempladas para la realización del operativo censal, y sin perjuicio de otras áreas que oportunamente deban sumarse para garantizar el éxito del operativo censal, el Comité Operativo Provincial estará integrado por funcionarios con rango no inferior a Subsecretario que representen a los Ministerios de Gobierno, Coordinación General y Justicia; e Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Desarrollo Social y de Salud, y de la Secretaría General de Gobierno.
Con esa misma finalidad, la Provincia invitó en la norma a las Municipalidades a conformar Comités Operativos a nivel de su jurisdicción, integrando aquellas áreas de su gestión que puedan aportar al desarrollo y cumplimiento de las tareas censales programadas, designando a tal efecto al funcionario que en representación del mismo participará de las reuniones del Comité Censal Provincial. Además se contempla la posibilidad de invitar a Organismos Nacionales con sede en la Provincia a designar y enviar representantes al Comité, en función de las necesidades y requerimientos que pudieran surgir en cualquiera de las etapas del trabajo censal.
El decreto provincial determina que para favorecer la ejecutividad de las actuaciones y tramitaciones necesarias para llevar a cabo el operativo censal en todas sus etapas, estas serán consideradas altamente prioritarias para el Estado Provincial, por lo que deberán tratarse con carácter de "urgente despacho".
En cuanto a los gastos que demande el Censo, que se desarrollará el miércoles 27 de octubre, se determina que aquellos que no sean financiables específicamente con fondos transferidos por el INDEC deberán atenderse con las partidas presupuestarias del Ministerio de Economía, correspondientes al presente ejercicio presupuestario.

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