ANSES

Medio aguinaldo junto a los haberes de junio para jubilados y pensionados

07/06/2010
E
l ANSES informó que los jubilados y pensionados nacionales, veteranos de Malvinas y beneficiarios de pensiones no contributivas cobrarán el medio aguinaldo junto a los haberes de junio, que se perciben en los primeros días de en este mes.
Desde el año 2004, y por decisión del Gobierno Nacional, el medio aguinaldo de los jubilados y pensionados se paga conjuntamente con los haberes de junio y diciembre.
Según el grupo de pago al que pertenece cada beneficiario, el cobro se efectivizará entre el 01 y el 29 de junio, junto con los haberes de este mes. Desde la UDAI Ushuaia se detalló el calendario de pago para jubilados y pensionados del Régimen del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondiente al mes de junio.
Los beneficiarios de pensiones no contributivas cobrarán entre el 01 Junio y el 07 de Junio, comenzó el 01/06 con los que poseían documentos terminados en "0 y 1", finalizando el día 07/06 con los terminados en "8 y 9". Los beneficiarios cuyos haberes no superen la suma mensual de 1.014 pesos, más el coeficiente de zona a austral a los Jubilados y Pensionados radicados en Tierra del Fuego, podrán cobrar entre el 08 de Junio y el 22 de Junio, comenzando el 08/06 con los que posean documentos terminados en "0", finalizando el día 22/06 con los terminados en "9". Los beneficiarios cuyos haberes superen la suma mensual de pesos UN MIL CATORCE ($1.014.–), más el coeficiente de zona a austral a los Jubilados y Pensionados radicados en Tierra del Fuego, cobrarán entre el 23 Junio y el 29 de Junio, comenzando el 23/06 con los que posean documentos terminados en "0 y 1", finalizando el día 29/06 con los terminados en "8 y 9".
Además, desde la Unidad de Atención Integral de la capital fueguina se indicó que los beneficiarios que por algún motivo no pudieron concurrir a percibir sus haberes en las fechas indicadas tendrán plazo hasta el 12 de julio de 2010 para cobrar en su lugar habitual de pago.
Por otra parte, desde el 1 de junio, los beneficiarios que perciben los haberes bajo la modalidad del Régimen de Renta Vitalicia Previsional pueden cobrar el medio aguinaldo correspondiente a la componente pública.

Etiquetas