Salarios Públicos

Adicional salarial transitorio para el personal de la Fiscalía de Estado

05/11/2010
P
ara compensar la “incisamente” e “indiscutiblemente perjudicial disminución del poder adquisitivo del salario, producto del continuo aumento en los precios de todos los bienes y servicios, el Fiscal de Estado resolvió crear un adicional salarial transitorio para el personal dependiente de ese órgano de control. 
La resolución adoptada a mediados de julio, pero recién publicada por Boletín Oficial el pasado 1 de noviembre, establece que el mencionado adicional “remunerativo no bonificable” consiste en una suma fija  1.500 pesos para todos los abogados del organismo, con excepción del Fiscal y del Fiscal Adjunto, y de 1.000 pesos para el resto de los agentes no profesionales, y que se abonará hasta tanto el Superior Tribunal de Justicia se expide sobre la acción declarativa de certeza que impulsó el Fiscal de Estado tras la aprobación de la ley de presupuesto 2010.
En el artículo 20 de la ley 805, la Legislatura definió el criterio a aplicar para hacer efectivo el tope salarial previsto en la carta magna provincial.
A entender del Fiscal de Estado, en esa norma se han “establecido condicionantes y limitaciones de acuerdo a una especial interpretación del concepto de remuneración y su relación al límite previsto en el inciso 4º del artículo 73º de la Constitución”, pero interpreta que hasta tanto la cuestión no quede zanjada por la Justicia “se torna inconveniente disponer un aumento en su salario básico”. Agrega que tal circunstancia implica, en la práctica, el virtual congelamiento de todos los haberes del organismo por cuanto están referenciados porcentualmente con el suyo, lo que se ve agravado por el hecho de que los sueldos básicos del personal se mantienen sin variaciones desde el año 2007. 
Indica que esta especial situación que “aqueja al suscripto y a mi Fiscal Adjunto no puede conculcar los legítimos reclamos que han formulado el resto de los agentes del organismo, tendientes a paliar situaciones generadas por las sucesivas e ininterrumpidas variaciones del costo de vida, máxime teniendo en cuenta la actual situación económica y los incrementos salariales acordados en otros estamentos del sector público que ameritan atender los mismos”, de allí la decisión que lo llevó a disponer este “Adicional Salarial Transitorio Causa Nº 2289”.  
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