Por incremento en el adicional por título

Mejora salarial para el personal de la Dirección de Puertos

13/07/2011
E
l personal dependiente de la Dirección Provincial de Puertos que cuenta con título secundario o de mayor jerarquía recibió una mejora salarial retroactiva al 1 de junio, al haber sido ratificada por la Presidencia del organismo una serie de modificaciones al convenio colectivo de trabajo del sector.
En concreto, se trata de una reformulación del mecanismo para la liquidación de la bonificación por título, que eleva el porcentaje a percibir en tal concepto a la vez que lo referencia al básico de la categoría más alta del escalafón portuario.
Mediante el dictado de la Resolución 576/11, del pasado 24 de junio, se ratificó el acuerdo alcanzado con los representantes de ATE y UPCN que contempla esta mejora, como así también la creación de los adicionales por “título aplicado a la función” y “matriculación profesional” que alcanza a todos los empleados que cuenten con título secundario, terciario o universitario.
A partir de ahora, el porcentaje asignado al ítem título secundario asciende al 15% de la categoría 7; el porcentaje asignado al ítem título terciario asciende al 20% de la categoría 7; el asignado a título universitario hasta 4 años asciende al 25% de la categoría 7 y el correspondiente a título universitario de 5 años o más, asciende al 30% de la categoría 7, la más alta del escalafón portuario.
Hasta antes de esta modificación al Convenio Colectivo, por título secundario se liquidaba un porcentaje del 10% de la categoría 1 –la más baja del escalafón–, en tanto que por título universitario de 5 años o más el 25% de la remuneración mensual de la categoría de revista del agente alcanzado por el beneficio. A modo de ejemplo; un agente con título secundario percibía una bonificación de 116,4 pesos, la que ahora es de 234 pesos. Ello implica una mejora del 101% en el monto del mencionado adicional. En la otra punta, un agente con título universitario, de 5 años o más, que antes –como máximo– percibía por tal concepto 390 pesos, ahora cobrará 468 pesos.
También se creó dentro del convenio colectivo un nuevo adicional por “título aplicado a la función” que alcanza a “todo aquel agente que posea un título reconocido por organismo oficial competente, el que puede ser título Universitario o de Estudio Superior que demanden 5 o más años de estudios de tercer nivel, Título Universitario o de Estudio Superior que demanden 4 años de estudios oficiales, Título Universitario o de Estudio Superior que demanden de 1 a 3 años de estudios de tercer nivel oficial o técnicos Secundarios con no menos de seis (6) años de estudio alcanzado por la ley provincial Nº 595, y además tenga establecida misión, función, tarea o servicio relacionado directamente con ese título o profesión, desempeñando funciones propias e inherentes a la misma y distintiva del resto de las funciones de la administración, por requerir de un conocimiento especializado y de aplicación específica a la tarea desarrollada en la Dirección Provincial de Puertos”. Estos empleados percibirán un coeficiente de entre el 0,27 al 0,4 –según sea título secundario o universitario de 5 años o más– sobre el monto correspondiente al adicional “responsabilidad jerárquica cargo director” que es de 1.231 pesos.
Pero además, los agentes alcanzados por este adicional “que se encuentren obligados a matricularse en Colegios o Consejos Profesionales para el ejercicio de su profesión” percibirán un adicional denominado “por matriculación profesional”, que tiene “carácter indemnizatorio, ya que comprende al empleado cuya actividad implica incompatibilidad para realizar trabajos en el ámbito privado, cuando el empleado cumpliera en la Dirección Provincial De Puertos funciones de fiscalización, inspección y control, patrocinio, u otra función que implique inhibición parcial del título”.
En este caso, lo agentes alcanzados percibirán una cifra equivalente a la que surja de aplicar un coeficiente, de entre el 0,06 al 0,10 –según el título de que se trate– sobre el monto correspondiente al adicional “responsabilidad jerárquica cargo director”.

Etiquetas