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13 meses de que quedara en cabeza de la Secretaría de Ingresos Públicos la responsabilidad de determinar “la existencia y alcance de créditos a percibir por parte de la Provincia, con causa en la deficiente liquidación de regalías de gas natural exportado a la República de Chile, gas licuado de petróleo, régimen aplicable al precio del petróleo para la liquidación de regalías y el cómputo de ciertos gastos a los fines del cálculo de regalías de gas, desde el año 2006 en adelante”, el Poder Ejecutivo Provincial dictó el primer decreto de determinación de oficio e intimación de pago de deuda contra una petrolera.
La empresa involucrada es YPF, a la que se le está reclamando la cancelación de una deuda de casi 22,4 millones de pesos, en concepto de capital e intereses, por la incorrecta liquidación de regalías por el producido de Gas Licuado de Petróleo (GLP) destinado al mercado externo, desde enero de 2006 a diciembre de 2009.
La determinación de oficio del monto reclamado tiene carácter parcial, ya que en el decreto 1719/11 –dictado el pasado 22 de septiembre– se indica que “subsiste el derecho del Fisco Provincial de verificar la veracidad de las declaraciones juradas Presentadas (…)en concepto de regalías por Gas Licuado de Petróleo destinado al mercado interno, en caso de corresponder, por los años 2006 a 2010, ambos inclusive”, las que precisa deben “liquidarse calculando el 12% del valor del total extraído de Gas Licuado de Petróleo aplicando los precios de este hidrocarburo con destino al mercado interno.”
En los informes legales que dan sustento a la intimación, se indica que YPF SA “extrae GLP, lo vende como tal, y paga regalías (a la provincia) por gas natural”, cuando es de “público y notorio conocimiento” que “el GLP es un hidrocarburo que posee un valor de mercado muy superior al gas natural”.
En situación similar se encontrarían otras petroleras que operan dentro de la jurisdicción provincial, por lo que este reclamo es el primero de una serie cercana a 20 expedientes de determinación de deudas iniciados por la Secretaría de Ingresos Públicos, por un monto todavía indeterminado.
La empresa, con la que desde la secretaría de Hidrocarburos se anunció se está negociando una mejora en la oferta presentada en el marco de la licitación del bloque 1 del área CA–12, cuenta con plazo de 19 días hábiles –contados a partir del día siguiente de su notificación– para interponer Recurso de Reconsideración contra la presente. Agotada la instancia recursiva, YPF deberá cancelar el monto reclamado dentro de los 10 días hábiles de quedar firma la decisión administrativa.