Asociación de Establecimientos Educativos Públicos de Gestión Privada

Al personal docente de las instituciones educativas públicas de gestión privada

06/10/2011
L
a Asociación de Establecimientos Educativos Públicos de Gestión Privada informa a todo el personal docente dependiente del sector, que representantes de la institución han mantenido una reunión el día 5 de octubre con la recientemente asumida Tesorera General de Gobierno, Lic. Mara Vallejos.

En esa oportunidad fuimos informados de la imposibilidad de parte del Estado Provincial de proceder a la acreditación de los Aportes Estatales con fecha máxima el 7 de octubre, para destinar al pago de los salarios correspondientes al mes de septiembre de 2011, transferencia que fue comprometida para el día 11 de octubre.

Consecuencia de esta demora, la mayoría de las instituciones dependientes del sector no podrán hacer frente al pago de los salarios en la fecha prevista conforme a cronograma.

En el marco de la mencionada reunión, hemos reiterado el pedido acerca de la necesidad de que los aportes mensuales sean realizados en las mismas fechas  que son acreditados los salarios del personal docente del Estado Provincial, de acuerdo a lo establecido por la Ley Provincial de Educación Privada nº 749 que en su artículo N° 50, expresa:

“ El Estado Provincial garantiza a los institutos que a la sanción de la presente perciban aporte financiero del Estado y a aquellos de gestión privada sin fines de lucro que en el futuro se creen, el aporte financiero destinado al pago de los haberes, en todo concepto que lo integre, incluidas las bonificaciones de cualquier índole, asignaciones familiares, cargas provisionales y sociales del personal titular y suplente que integran la planta orgánica funcional aprobada por la Dirección de Educación Pública de Gestión Privada, dependiente del Ministerio de Educación, sin perjuicio de los subsidios que a solicitud de los institutos incorporados a la enseñanza oficial y con fines específicos pueda otorgar el Estado Provincial. Asimismo, el Estado Provincial se responsabiliza de que los  aportes financieros referidos en el presente artículo sean remitidos en las mismas fechas en las que se hacen efectivos los haberes a los docentes de los institutos Públicos de Gestión Estatal. “

Ushuaia, 7 de octubre de 2011

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