E
l Poder Ejecutivo resolvió el pasado jueves 6 convocar al Consejo Económico y Social a fin de que ejercite las funciones previstas en el artículo 2° de la ley de creación del organismo, que son las de “dictaminar en las consultas que le formulare el Poder Ejecutivo Provincial; elevar proyectos a la Legislatura Provincial sobre todo asunto concerniente a los aspectos sociales y económicos en relación al desarrollo provincial; dictaminar sobre toda cuestión de emergencia económica y social; proponer la creación de comisiones de trabajo y designar a uno o más de sus miembros para exponer ante las Comisiones de Asesoramiento Permanente de la Legislatura Provincial o ante el Poder Ejecutivo”.
En el decreto 2042, de convocatoria, no se precisa fecha de encuentro ni el temario a abordar. Se supone que ello obedece a las entidades que integran el Consejo, o algunas de ellas, deben todavía designar a sus representantes, para los que cuentan con 10 días de notificados de la convocatoria, ya que según determina el decreto 878/08, recién vencido ese plazo “se cursarán las invitaciones (…) anticipándose los proyectos que motivan” la consulta.
Obviamente se descarta que la convocatoria en cuestión esta relacionada con los proyectos de reforma impositiva que están siendo evaluados en la Legislatura a instancias del Poder Ejecutivo.
En el considerando del decreto, que lleva la firma de la Gobernadora y del ministro Jefe de Gabinete, se indica que los pactos internacionales que integran el bloque de constitucionalidad se reconoce como uno de los derechos políticos del ciudadano el de “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos” y que “especialmente, para la elaboración de políticas públicas, la Constitución Fueguina impone la obligación de generar consensos permanentes en relación al diseño de políticas públicas de mediano y largo plazo que contemplen una visión de Provincia definida por la comunidad, en un marco de acuerdo político sustentable en el tiempo”, y que en ese sentido “el Artículo 75 de la Norma Fundamental Provincial reconoce, como imperativa para el sector público y como indicativa para el sector privado, la planificación del desarrollo provincial, y prevé que la misma estará dirigida por y permanentemente actualizada por un consejo de planificación, cuya estructuración será dispuesta por ley”.
Agrega que “no habiéndose aún dictado dicha norma y hasta tanto ello suceda, la suscrita considera oportuno continuar trabajando a través del Consejo Económico y Social” y que “en este contexto, no puede perderse de vista que en la actualidad, la Provincia cuenta con la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Casa de Estudios en pleno funcionamiento, cuyos aportes técnicos en temas de interés provincial relacionados con el desarrollo productivo, social y cultural devienen fundamentales”.
Por la ley de creación y su decreto reglamentario, el Consejo Económico y Social está integrado por 2 representantes designados por la Confederación General del Trabajo de Tierra del Fuego; 2 representantes designados por la Central de Trabajadores de la Argentina de Tierra del Fuego; 1 representante por el sindicato del sector que estuviera directamente involucrado con la temática sobre la que verse la consulta; 1 representante por la Unión Industrial Fueguina; 1 representante por Cámara de la Construcción; 1 representante por las Cámaras de Comercio, más las Cámaras del sector que estuvieran directamente involucradas con la temática sobre la que verse la consulta, pero estas últimas sin derecho a voto; 2 representantes del Poder Ejecutivo y 3 representante (1 por cada cuerpo) por los Concejos Deliberantes de Río Grande, Tolhuin y Ushuaia.