La Municipalidad demandó al Gobierno por deudas de impuestos en edificios públicos

05/03/2013
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a Municipalidad de Ushuaia entabló una nueva demanda al Ejecutivo provincial, por deudas acumuladas durante cinco años en concepto de pago de tasas e impuestos inmobiliarios de los edificios públicos del Estado fueguino, cuyos montos oscilan en los seis millones de pesos.
Así lo confirmó la secretaria Legal y Técnica de la comuna capitalina, Patricia Bertolín, quien comentó que la decisión enunciada fue planteada a partir de que a través del área de Rentas “se pudo constatar que el Ejecutivo de Tierra Del Fuego adeuda” al Municipio la cifra antes mencionada.
La citada funcionaria confirmó que “hace 5 años que (el gobierno fueguino) no paga impuestos inmobiliarios”, por lo que se resolvió encarar la denuncia, “como se procede con todos los individuos que adeudan a Rentas”, aclarando que se trata de “un juicio de tipo sumario, por falta de pago de los impuestos, presentación que fue hecho ante un Juzgado de Primera Instancia”.
De todos modos anotó que la novedad está dada en que en esta oportunidad se le esté demandando al ejecutivo provincial, puesto que “en otras oportunidades se resuelve la situación mediante acuerdos entre partes, aunque algunos de ellos se están revisando porque no se han cumplido”.
Argumentó la decisión en el hecho de que la deuda puede prescribir, puesto que si bien las ordenanzas municipales plantean un plazo de diez años, por jurisprudencia, y a partir de un fallo de la Corte Suprema, el período se redujo a cinco años”.
En cuanto a los plazos, dijo que el proceso “tarda un tiempo, hasta que el titular del Juzgado haga el primer despacho. Pero es un procedimiento habitual que se lleva adelante con cualquier persona que no paga sus impuestos”.
Recordó que en el 2009, “cuando la Municipalidad de Ushuaia hizo la denuncia penal por la falta de remisión de fondos coparticipables en tiempo y forma, también estaba incluida la deuda por impuestos, que en ese momento se consolidó para iniciar la demanda penal”.
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