Para garantizar los servicios básicos del Estado

El Gobierno impulsa otra reforma tributaria

07/01/2015
B
ajo el argumento de poder de contar con la mayor cantidad de recursos económicos disponibles para así estar en mejores condiciones de “mantener la prestación de los servicios públicos a todo los fueguinos”, el Poder Ejecutivo presentó ante el Parlamento un proyecto que apunta a introducir modificaciones a la ley tarifaria.
Los cambios propuestos van desde el incremento de alícuotas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, eliminación de algunas excepciones en el impuesto de sellos hasta la actualización del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
En el mensaje de elevación, la Gobernadora precisa que ante el panorama económico actual, que dista de aquel en el cual la Legislatura diera a luz la última modificación a la ley 440, ha tomado “la decisión política de promover la adecuación de alícuota del impuesto sobre los Ingreso Brutos” de aquellas actividades relacionadas con la intermediación financiera y los servicios financieros. De prosperar la iniciativa, por ejemplo los servicios de banca mayorista, minorista, de inversión, de bolsa de valores, de casas y agencia y cambios, de seguros de salud, de medicina prepaga y de vida y los de intermediación realizada por sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y otros inmuebles verán incrementando en un 33% el monto de la alícuota de Ingresos Brutos, que pasara del 4,5% actual a un 6%.
El Gobierno pretende que mismo trato impositivo reciban los “servicios inmobiliarios a cambio de una retribución o por contratación” que incluyen la compra, venta, alquiler, remate, tasación o administración de bienes inmuebles.
En tanto que impulsa incrementar en un 66% la alícuota de Ingresos Brutos –del 4,5 al 7,5%– a la venta de billetes de lotería, percepción de apuestas de quiniela, concursos deportivos y rifas, como así también a los servicios que ofrecen los salones de billar, pool, bowling y juegos electrónicos.
El proyecto en cuestión busca además ampliar el alcance del impuesto de sellos a los “actos que tengan por objeto o prometan la constitución, transmisión, modificación o extinción de cualquier derecho real sobre inmuebles (…) o bienes muebles registrables, registrados en jurisdicción provincial, o en la matrícula nacional de buques y artefactos navales y aeronaves con radicación en la provincia”. Para los primeros propone fijar una alícuota del 20 por mil y del 15 por mil para los restantes.
En materia de impuestos de sellos también se pretende que se comiencen a tributar “los créditos concedidos por las entidades regidas por la Ley nacional 21.526 a más de un (1) año de plazo originario, cualquiera sea la forma adoptada para su concertación” y “las escrituras hipotecarias y demás garantías otorgadas en seguridad de las operaciones sujetas al gravamen” de sellos, y que actualmente se encuentran exentas del pago de ese tributo.
Teniendo en cuenta que la realidad inflacionaria que vive la Provincia y el País ha tenido un impacto directo sobre los niveles de facturación del comercio y que ello a su vez generó una indeseable distorsión en el régimen simplificado del Impuesto sobre los ingresos brutos que rige en la Provincia desde fines de 2012, la administración Ríos busca
“una readecuación de los montos fijos y tramos entre las categorías del régimen simplificado”. Para corregir esa situación se propone que la base imponible de la categoría 1 que hoy tiene un límite máximo de hasta 750 mil pesos anuales se ubique en los 960 mil pesos. Es decir que se reajuste en un 28% y que en igual porcentaje lo haga de la alícuota a tributar. Para el caso de la categoría más alta, el reajuste pretendido es del orden del 54% en lo que hace al techo de base imponible (se pasa de 500 mil pesos a 768 mil pesos al año) y del 77% en cuanto a la variación del monto de la alícuota.
Pero además, para evitar que en el futuro se repita una situación como la que se dio en los pasados 24 meses, durante los cuales “la desactualización de los montos ha llevado a que el sistema del régimen mismo se vea desvirtuado, haciendo que los contribuyentes deban tributar por el régimen general”, el Ejecutivo pretende que la Legislatura lo faculte “a ajustar el valor de los montos fijos y a modificar los tramos entre cada categoría, en la medida que resulte necesario y se respeten las garantías de los contribuyentes” a fin de asegurar así “una equidad” entre el régimen general y el simplificado.

¿Demora burocrática o intencionada?

Un dato que resulta por cierto llamativo es que el Poder Ejecutivo presentó el proyecto de modificación a la ley tarifaria el miércoles 3 de diciembre del año pasado, cuando el Parlamento todavía estaba en periodo de ordinarias y por lo tanto en condiciones de tratar la iniciativa. Pero el asunto recién fue remitido desde Presidencia a la mesa de entrada de la Secretaría Legislativa el miércoles 10 de diciembre. Justamente durante ese lapso de 7 días la Legislatura realizó la última sesión ordinaria, con lo que el proyecto en cuestión ni siquiera pudo tomar estado parlamentario durante el 2014.
Resulta evidente que si la gestión Ríos presentó esta iniciativa a principios de diciembre era porque tenía necesidad, interés o por lo menos la expectativa de que el Parlamento lo tratara antes de finalizar el año, de manera tal de poder contar a partir de inicios de este año con una mejora en los niveles de recaudación. La demora administrativa referida parece haber frustrado esa posibilidad. La duda pasa por saber si esa demora fue producto de un habitual y normal trámite burocrático o de una voluntad política tendiente a postergar el debate parlamentario del tema.

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