Cumplía condena por matar a un bebé de siete meses

La Justicia excarceló al ex legislador Velázquez

07/05/2015
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al como lo adelantara EDFM en su edición del pasado lunes, el ex legislador Luis del Valle Velázquez, condenado a prisión por el homicidio de un bebé de siete meses, recuperó su libertad tras una presentación realizada por sus defensores ante el Superior Tribunal de Justicia.
Esto fue posible a partir de un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (CSJN) que modificó los estándares de aplicación de la prisión preventiva en Tierra del Fuego.
La Justicia provincial mantenía el criterio de ordenar la inmediata detención de cualquier imputado condenado en un juicio oral y público a más de tres años de prisión, aún a pesar de que esa resolución pudiera ser recurrida en casación ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) o, mediante un recurso extraordinario, ante la Corte Nacional.
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia resolvió conceder la excarcelación. Con el primer voto de la jueza María Battaini al que adhirieron los jueces Gonzalo Sagastume y Javier Muchnik; y la expresa conformidad del Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, Oscar Fappiano, se accedió al pedido efectuado por la defensa del nombrado.
En base a la modificación del criterio interpretativo que aplicó la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en materia de prisión preventiva para el ámbito de la provincia de Tierra del Fuego, los jueces valoraron que no existen elementos que acrediten la existencia de riesgo procesal, toda vez que Velázquez transcurrió en libertad todo el desarrollo del proceso, y que además al prestar declaración indagatoria renunció a los fueros correspondientes al cargo de legislador provincial que ejercía en ese momento.
También tuvieron en cuenta que durante la instrucción y en la audiencia del debate el enjuiciado prestó declaración, dando su versión sobre el desarrollo de los hechos dando cuenta de que no hay circunstancias que pudieran indicar que intentó obstaculizar la investigación o evitar la acción de la justicia.
Estas situaciones refuerzan la presunción de ausencia de peligro procesal en esta instancia del proceso, de conformidad a la propia característica del caso.
A partir de la excarcelación el ex legislador, de acuerdo a lo normado por el artículo 282 del Código deberá fijar domicilio en el ejido urbano de la ciudad de Río Grande, lugar donde reside su familia, e informado al Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur; además de presentarse ante ese tribunal, o la autoridad que éste designe, una vez por semana; y no ausentarse de la provincia o del país sin autorización judicial expresa.

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