El Ejecutivo promulgó la ley

La Provincia adhirió a las excepciones en endeudamiento y gastos corrientes

21/07/2015
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uedó promulgada la ley provincial 1.044; mediante la cual Tierra del Fuego quedó adherida a las excepciones establecidas en la ley nacional de responsabilidad fiscal, respecto a limitaciones en el endeudamiento y a la posibilidad de modificar el presupuesto para incrementar gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.
La ley fue sancionada en la sesión del pasado 8 de julio, la primera que hizo la Legislatura después del largo receso por las elecciones provinciales y municipales. Si bien se sancionaron otras normativas, esta es la primera que el Ejecutivo promulga, por una cuestión de conveniencia en el manejo financiero de la gestión pública.
El medio electrónico Reporte Austral mencionó que mediante el decreto 1517/15, firmado por la gobernadora Fabiana Ríos y el ministro de Economía, Osvaldo Monti, Tierra del Fuego quedó adherida a lo establecido en la Ley Nacional 27.008, por el cual se prorrogan para el Ejercicio 2015 las disposiciones contenidas en los artículos primero y segundo de la ley nacional 26.530.
Una de las excepciones establecidas es no imponer límites en “aquéllas erogaciones que se hayan destinado a promover la actividad económica, a sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la emergencia sanitaria y a la asistencia social”.
Otra de las limitaciones que se dejan sin efecto son las de “aprobar mayores gastos de otros Poderes del Estado siempre que estuviera asegurado un financiamiento especialmente destinado a su atención”.
Otro de los articulados de la Ley de Responsabilidad Fiscal que queda sin efecto es aquél que prohíbe a las jurisdicciones provinciales a “incluir en sus respectivos presupuestos como aplicación financiera (amortización de deuda) gastos corrientes y de capital que no se hayan devengado presupuestariamente en ejercicios anteriores”.
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