Termas del Valdéz

Pedido de juicio político contra el Fiscal de Estado

12/08/2015
L
a socia gerenta de la empresa Transporte Roanmat SRL, comodataria de las Termas del Río Valdéz, formalizó ante la Legislatura provincial un pedido de juicio político contra el Fiscal de Estado de la provincia, Virgilio Martínez de Sucre.
Angélica Del Carmen Mancilla realizó el lunes la presentación que había adelantado públicamente su abogado Daniel Merlo, en declaraciones al diario Provincia 23, y cuyo contenido completo trascendió ayer.
Mancilla solicitó el enjuiciamiento y posterior remoción del cargo del funcionario por haber incurrido en “mala conducta en el ejercicio de su función, produciendo acciones que se contraponen con sus obligaciones regidas por la Constitución Provincial”.
La mujer acusó a Martínez de Sucre por dos hechos diferentes, aunque relacionados con el trámite de adjudicación, desajudicación, litigio, acuerdo y posterior controversia sobre la explotación de las aguas termales ubicadas cerca del municipio de Tolhuin.
En concreto, la titular de la empresa que está ligada al complejo termal a partir de un acuerdo de comodato de 1988, sostiene que el fiscal mintió en el contenido de notas oficiales, surgidas de su intervención en los expedientes administrativos sobre el comodato del complejo termal.
A su vez, le adjudica al integrante del organismo de control, haberse opuesto a que la empresa siguiera pagando impuestos sobre los terrenos fiscales, usando como fundamento un decreto que ya no estaba vigente o que era “de nulidad absoluta”.

27 años de historia

El pedido de juicio político reseña que la empresa accedió a las 400 hectáreas de tierras fiscales situadas en la zona de las aguas termales, a través de un contrato de comodato firmado el 2 de marzo de 1988, y aprobado mediante el decreto 736/88 del ex Territorio Nacional.
Después, en 2002, la gestión del ex gobernador Carlos Manfredotti desadjudicó la explotación del predio, con el argumento de que la firma no había cumplido con el contrato, al no realizar las inversiones a las que se había comprometido.
La empresa asegura que el motivo no era cierto, ya que se había invertido “un millón y medio de dólares” en la apertura del camino que comunica las termas con la Ruta Nacional Nº3, además de efectuarse mejoras y construcciones de distinto tipo.
El caso derivó en una causa judicial que se tramitó ante el Superior Tribunal de Justicia, y que concluyó el 17 de agosto de 2006, cuando la gestión del ex gobernador Hugo Cóccaro suscribió con Transporte Roanmat un “convenio transaccional” que garantizaba a la parte empresaria volver al estado anterior a la desadjudicación.

Cuestión de impuestos

Mancilla explica en el escrito presentado ante la Legislatura, que desde 2006 se retomó la explotación del lugar y que se pagaron los impuestos inmobiliarios adeudados desde la desadjudicación, pagándose incluso los correspondientes hasta el año 2009.
Pero argumenta que cuando pretendió pagar los impuestos de 2010, la Dirección General de Rentas le informó que no podía hacerlo porque el predio no figuraba en el sistema, dado que había sido dado de baja.
La controversia dio inicio a otra causa judicial, esta vez tramitada ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Río Grande, que todavía no concluyó.
En ese expediente, Martínez de Sucre contestó la demanda en representación de la provincia, y se opuso a que se le permitiera a la empresa el pago de los impuestos. Para ello, citó la vigencia del decreto 39/02, del año 2002, que había dado de baja la “partida inmobiliaria” de las termas.
Según Mancilla, esa actitud del fiscal resulta “antijurídica y reprochable” porque él sabía que el decreto corresponde al momento de la desadjudicación del predio (en 2002) y que después de ello se firmó el convenio (en 2006) que retrotrajo la situación al momento de la adjudicación.
“El Fiscal de Estado no puede ni debió ampararse (…) en un decreto a todas luces nulo y de nulidad absoluta a partir de la firma en el año 2006 del convenio que puso fin al litigio”, por lo que su accionar “es violatorio de las obligaciones inherentes a su función, además de causar un grave perjuicio a la empresa comodataria de las termas del Valdéz”, afirma la denuncia que ya están en poder de los legisladores.

Homologado o no

El segundo hecho irregular que se le adjudica a Martínez de Sucre, está vinculado con el primer juicio que inició la empresa para recuperar el predio, y que concluyó con el acuerdo durante la gestión de Cóccaro.
Según la denunciante, el convenio de 2006 incluyó “una trampa”, porque al tiempo que retrotrajo el vínculo al momento anterior a la desadjudicación, agregó en su texto la obligación de la firma de cumplir con la ley provincial 597. Esa norma dictada en 2003, establece que el recurso de aguas termales “no podrá concesionarse ni adjudicarse en venta”.
Es decir que, por un lado se le aseguraba la adjudicación, y por el otro se la obligaba a cumplir una ley que implicaba lo contrario.
La denuncia advierte que el Fiscal de Estado pidió la homologación del acuerdo por parte de la Justicia, y que el Superior Tribunal no hizo lugar a esa solicitud.
No obstante, sostiene que en 2011, al firmar una nota dirigida a la Secretaría Legal y Técnica, Martínez de Sucre afirmó que el convenio “ha sido homologado”, y se basó en ello para argumentar que no podía ser revisado, ni por lo tanto salvada la situación de haber incluido una ley “inaplicable”.
La denunciante asevera que esa conducta del funcionario también amerita su juzgamiento y su destitución.  
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