Tras la condena, abogado tildó al Tribunal de ser jueces “carceleros”
Juicio por lesiones graves

Tras la condena, abogado tildó al Tribunal de ser jueces “carceleros”

El abogado Esteban Chumbita cargó contra los jueces del Tribunal de Juicio por la condena que le aplicaron a los tres integrantes de la UOCRA que fueron juzgados por golpear en 2012 a por entonces Secretario de Finanzas del gremio. “No estamos conforme con la pena, sabíamos que era una cámara (Tribunal de Juicio), al igual que toda la justicia penal de Tierra del Fuego, son carceleros”, cuestionó el letrado. Igualmente los tres condenados recibieron una pena de 2 años y cuatro meses en suspenso, por lo que quedaron en libertad.
03/04/2017
E

l Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó a Pedro Walter Sosa, Daniel Alberto Cavana y Edgardo Rolando Gonza, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión en suspenso, al haberlos considerado coautores materiales y penalmente responsables del delito de lesiones graves.
La sentencia fue leída por el juez Alejandro Pagano Zavalía, quien estuvo acompañado en la integración juzgadora por los jueces Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla. El veredicto se leyó a las 14 del viernes luego de haber escuchado por la mañana, los alegatos del Fiscal Doctor Daniel Curtale y el abogado de la Defensa, Esteban Chumbita.
Tras el juicio fue este último quien cuestionó la condena por no compartirla y calificó de “carcelero” a los jueces pese a que sus asistidos quedaron en libertad pese al castigo penal impuesto.
“No estamos conforme con la pena, sabíamos que era una cámara (Tribunal de Juicio), como toda la justicia penal de Tierra del Fuego, son carceleros” y agregó que “mayoritariamente siempre se inclinan por castigar y sancionar”, sostuvo Chubita.
“Este es mi criterio personal, obviamente no les va caer bien, pero lo mantengo” y agregó que con el recurso de casación “ahora sí creo que vamos a tener justicia”.
Además anticipó que “vamos a recurrir el decisorio de la cámara ante el órgano superior” y reiteró que en el alegato “habíamos pedido la absolución, dado que se presentaron sólo dos pruebas en todo el proceso. Hay una orfandad probatoria alarmante”.
Además cuestionó el veredicto “teniendo en cuenta que se necesita un estado de certeza absoluta, a fin de fijar una sentencia que va afectar un bien jurídico sagrado como es la libertad”.
“Pero livianamente de cuerpo el fiscal hizo una acusación en el aire, sin pruebas, que obviamente sabíamos que los jueces la iban a aceptar, porque esto es algo muy casero y familiar”, sostuvo Chumbita.     
El Tribunal dispuso que los condenados se sometan a ciertas reglas de conducta por el término de dos años y cuatro meses, entre ellas: Comunicar al juzgado de Instrucción todo cambio de residencia que efectuaren, abstenerse del uso de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas y la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio con el damnificado, Orlando Genes.

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