Impulsan la adhesión de la Provincia al sistema nacional

Protección integral para personas trasplantadas

La iniciativa propone que Tierra del Fuego se sume al régimen de protección integral para las personas trasplantadas, para que estas puedan acceder en la Provincia a la totalidad de los beneficios contemplados en la legislación nacional en la materia.
15/08/2017
P

ara garantizar que las personas con residencia permanente en el país que hayan recibido un trasplante, o se encuentren en lista de espera para trasplantes del sistema nacional de procuración y trasplante de la República Argentina (SINTRA), puedan acceder a los beneficios previstos en el régimen de protección integral previsto a nivel nacional, las legisladoras del bloque FPV-PJ Angelina Carrasco y Marcela Gómez impulsan un que la Provincia adhiera a la ley nacional 26.928.
La mencionada norma prevé la cobertura del 100% en la provisión de medicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de todas aquellas patologías que estén directa o indirectamente relacionadas con el trasplante; el otorgamiento de pasajes gratuitos de transporte terrestre o fluvial de pasajeros en el trayecto que medie entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales debidamente acreditadas; acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias que su condición les demande a través de planes o medidas promovidos por la autoridad de aplicación; licencias especiales; deducciones impositivos sobre las retribuciones que el empleador abone a trabajadores comprendidos en la ley; una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez para las personas comprendidas en la ley en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional, entre otros.
La ley de adhesión que se impulsa en el orden local establece que será el Ministerio de Salud, o aquel que en el futuro lo reemplace, la autoridad de aplicación y debe coordinar su accionar con el Ministerio de Salud de la Nación y con los organismos nacionales, provinciales y municipales competentes en razón de la materia.
Estipula también que la obra social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTDF) “debe otorgar a sus afiliados las prestaciones médicas previstas por la Ley nacional 26928, garantizando la cobertura integral del 100 %”, como así también que el Estado Provincial articule “con el Estado Nacional las acciones tendientes a garantizar las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional 26928 a las personas beneficiarías del sistema que carecieran de cobertura de obra social”, a la vez que obliga a “las obras sociales radicadas en la Provincia” a que  garanticen “a sus afiliados las prestaciones médicas previstas en la Ley nacional”.
Obliga al Estado Provincial a “garantizar a las personas” beneficiarias del régimen “que concurran a establecimientos asistenciales por razones debidamente acreditadas, cualquiera sea el trayecto y el horario, el uso gratuito de los servicios de transporte público sometidos a jurisdicción provincial”, debiendo además coordinar “con el Estado nacional y los Estados municipales las condiciones para garantizar la accesibilidad al transporte público en sus respectivos ámbitos de competencia”.
Contempla también que en materia de vivienda el IPV promueva “la preferencia en el acceso a una solución habitacional a las personas beneficiarías del sistema en condiciones de vulnerabilidad y que acrediten la residencia mínima en la Provincia, conforme a los criterios y lineamientos establecidos en la normativa vigente”.
Además determina que desde el Estado se coordine con “organismos nacionales, provinciales y municipales, con competencia en materia laboral y de producción, con el objeto de incentivar la generación y mantenimiento del empleo de las personas trasplantadas o en lista de espera para trasplantes, y en especial promover programas de empleo y creación de talleres protegidos de producción y de emprendimientos” y fomentará “la capacitación laboral de dichas personas, con especial atención en su protección y cuidado en el ámbito de trabajo”.
Por otra parte pone en cabeza del ministerio de Salud de la Provincia las tareas de coordinación necesarias con Nación “para garantizar el acceso a la asignación mensual no contributiva prevista en la Ley nacional” a la que se adhiere, que será equivalente a una pensión por invalidez para las personas en situación de desempleo forzoso y que no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional, y que hoy asciende a unos 5200 pesos al mes.

Etiquetas
Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos