Ayuda económica a empresas productivas críticas

Se incorporaron otras 23 empresas al beneficio para morigerar el impacto de la tarifa eléctrica

La Provincia suscribió con el Ministerio de Producción una adenda al convenio que se había rubricado en diciembre de 2016. De esta manera ya son 39 las empresas que se benefician de una ayuda económica que les permite acotar el impacto financiero de la tarifa de servicio eléctrico.
09/11/2017
A

las 16 empresas que primigeniamente habían sido incorporadas al programa de ayuda económica para empresas productivas críticas, a los efectos de poder solventar el nuevo esquema tarifario del servicio público de electricidad, se sumaron ahora otras 23, por lo que ya son 39 las compañías radicadas en la Provincia que se ven beneficiadas por ese aporte económico.
El convenio original había sido firmado por el ministro de Industria de la Provincia, Ramiro Caballero, y el secretario de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación, Martin Etchegoyen, en diciembre de 2016 y ratificado por el Ejecutivo fueguino a mediados del mes de julio. Mediante ese instrumento, el fondo de 5,32 millones de pesos (integrado con un aporte nacional de 3,5 millones y uno provincial de 1,7 millones de pesos) se había  destinado, en función del monto asignado a cada una de ellas, a asistir a las electrónicas Athuel, Aires del Sur, Coradir y Ambassador; la autopartista Famar; las textiles Barpla, Badisur, Yámana, Australtex, Sueño Fueguino y Textil Río Grande; las plásticas Río Chico, Vinisa y Dafu; Tecnomyl de agroquímicos y la embotelladora Agua Patagónica, para que compensaran parte del incremento de costos que les representó hacer frente al pago de la tarifa del servicio eléctrico en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año pasado.
A fines de junio, cuando aún el Ejecutivo fueguino todavía no había ratificado el convenio, el Ministerio de Industria fueguino y el de Producción de Nación acordaron una adenda que posibilitó incorporar a ese programa de ayuda económica a Fabrisur, Telecomunicaciones Fueguinas, Digital Fueguina, Tecnosur, BGH, KMG, Kolors Kevarkián, Fernández Bueno (Pygoscelis); Electrofueguina, Teltron, Plásticos de la Isla Grande, Maderas Topic, Fueguian Beverage, Pioneros del Sur, Gepeto, Glaciar Pesquera, Hilandería Fueguina, Teogrande, Distribuidora Los Gauchos, Leanval, FAPESA, Armavir y Sontek.
Esta herramienta de asistencia financiera estatal conjunta está contemplada y avalada en la Resolución 327/16 del Ministerio de Producción de Nación, que fuera dictada en julio del año pasado.
En ella se menciona que “como consecuencia de las nuevas condiciones tarifarias, muchos sectores productivos de las distintas economías regionales del país han manifestado la necesidad de contar con alguna herramienta de ayuda económica que le permita afrontar los nuevos costos del esquema tarifario del servicio eléctrico” y que, en función de ello, se consideró “necesaria la creación de una herramienta de ayuda económica que permita a las empresas estratégicas de cada economía regional, acotar el impacto financiero de las nuevas tarifas del servicio eléctrico”.
Tal consta en el anexo de la referida resolución, fue responsabilidad de la Provincia “determinar la nómina de usuarios productivos que cumplan con los parámetros previstos para ser considerados críticos y, por ende, beneficiarios de la asistencia”.
En tanto, en la adenda se indica que “luego de la suscripción del mencionado convenio, la Provincia se presentó ante la Secretaría acompañada de un Informe Técnico respaldatorio, poniendo de manifiesto la necesidad de sustituir la nómina de los usuarios productivos críticos en virtud de diversas consideraciones que ameritaron modificaciones a la asignación de los recursos previstos al efecto. Dichas consideraciones se centran principalmente en la declinación de las empresas respecto de la percepción efectiva del beneficio qué le fuera asignado a priori por parte de la jurisdicción local, la manifestación en la no registración de consumo al período correspondiente, como así también en la excesiva demora o imposibilidad por parte de las empresas beneficiarías, de la presentación de la documentación requerida. Que, en virtud de lo expuesto y a los fines de posibilitar que la jurisdicción local ejecute la totalidad del monto transferido oportunamente” resulta necesaria la ampliación de la nómina de beneficiarios.

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