Ingresos Brutos: la AREF amplió el plazo de pago
Vencimientos de julio

Ingresos Brutos: la AREF amplió el plazo de pago

La medida buscar acompañar a los comercios que deben afrontar el pago del medio aguinaldo. Se suma al anuncio del BTF de una nueva línea de créditos para comercios y PyMEs.
22/06/2018
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a Agencia de Recaudación Fueguina informó que resolvió extender hasta la última semana del mes el plazo para el pago de Ingresos Brutos. Desde la AREF se dejó en claro que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los contribuyentes del Régimen Local del mes de junio, operará de acuerdo al calendario fijado.
El director de la AREF, Luis Capellano, señaló que esta medida “fue impulsada por la gobernadora Rosana Bertone para acompañar a los comerciantes y a nuestras empresas en un momento complejo para el país y en un mes particular en el que se debe afrontar el pago de aguinaldo de los empleados. En el mismo sentido, venimos coordinando el trabajo con el Banco de Tierra del Fuego en la línea de créditos para comercios que fue anunciada y que se lanzará la próxima semana. Desde el gobierno entendemos que hay que arbitrar los medios para no resentir la actividad económica y ayudar a atravesar este proceso”.
El cronograma para la presentación y/o pago es el siguiente:
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 0 y 1, deberán presentar la Declaración Jurada el día 13 del corriente mes, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 23 del corriente mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 2 y 3, deberán presentar la Declaración Jurada el día 16 del corriente mes, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 26 del corriente mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 4 y 5, deberán presentar la Declaración Jurada el día 17 del corriente mes, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 27 del corriente mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 6 y 7, deberán presentar la Declaración Jurada el día 18 del corriente mes, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 30 del corriente mes.
- Los contribuyentes cuyo número de inscripción termina en 8 y 9, deberán presentar la Declaración Jurada el día 19 del corriente mes, mientras que el pago VEP podrán realizarlo hasta el día 31 del corriente mes.

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