Instruyeron a fiscales federales a asegurar el decomiso de los autos que infrinjan la cuarentena
La pandemia de coronavirus en la provincia

Instruyeron a fiscales federales a asegurar el decomiso de los autos que infrinjan la cuarentena

La Procuraduría General de la Nación instruyó a los fiscales de todo el país, incluidos los de Tierra del Fuego, a que soliciten medidas cautelares para asegurar el secuestro de los vehículos sorprendidos en la vía pública, en violación del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Advierten que los autos podrán ser decomisados en favor del Estado Nacional o las provincias.
30/03/2020
E

l procurador general de la Nación interino emitió en las últimas jornadas una instrucción general para que los fiscales federales con competencia penal de todo el país, incluidos los de Tierra del Fuego, soliciten las medidas cautelares que aseguren el “decomiso, guarda y conservación” de los vehículos sorprendidos en la vía pública en violación de la cuarentena por la pandemia de coronavirus.

La instrucción 27/2020 de la Procuraduría nacional se dictó atendiendo a las distintas situaciones que se vienen presentando en el marco de la pandemia global y la emergencia sanitaria nacional declaradas por la propagación del coronavirus, en especial, con lo relacionado a la aplicación de la ley penal por las conductas de quienes infringen el deber de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 297/20 desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive, extendido ahora hasta el 13 de abril.

En este contexto, la Procuración General de la Nación verificó que el accionar de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de sus tareas de fiscalización de las medidas de aislamiento y distanciamiento, arroja que gran parte de las infracciones penales se producen “por conductores de vehículos que agravan los riesgos de propagación del Covid 19”, informó la justicia nacional.

Por ese motivo, como complemento del secuestro preventivo de vehículos en infracción, que dispone el artículo 4° del decreto 297/2020, esta medida brinda a los fiscales federales “un marco jurídico para que los bienes permanezcan cautelados durante el trámite del proceso penal y, eventualmente, puedan ser decomisados en favor del Estado Nacional o estados provinciales, según corresponda”. 

Esta medida recoge los deberes de la Resolución de la Procuración General de la Nación N° 129/2009, y los establecido en los artículos 23 del Código Penal de la Nación, 518 del Código Procesal Penal de la Nación y los artículos 219 y 223 del Código Procesal Penal Federal, para aquellas provincias en donde, a nivel federal, ya rige el sistema penal acusatorio.

La instrucción general también destacó que la protección de la salud pública tiene prioridad por sobre los fines penales, de manera que estableció como primordial que los infractores den inmediato cumplimiento al aislamiento social, preventivo y obligatorio y que, una vez acatada esa medida, los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación instruyan al personal policial para que “retengan los documentos habilitantes para la circulación, las llaves y todo otro elemento mecánico o electrónico necesarios para la puesta en marcha y funcionamiento del vehículo utilizado en la comisión del delito”.

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