14 días corridos de licencia especial de invierno
Para el personal de la Administración Pública Provincial

14 días corridos de licencia especial de invierno

22/07/2020
E

l Poder Ejecutivo dispuso conceder a los agentes de la administración pública provincial, a excepción del personal de salud, una licencia especial de invierno de 14 días corridos, que podrá ser usufructuada entre el 20 de julio y el 30 de noviembre del corriente año, inclusive.
La exclusión del personal que revista en el escalafón húmedo responde a que a mediados de mes ya le otorgó una franquicia similar pero para el período comprendido entre el 6 de junio y hasta el 31 de octubre.
La licencia en cuestión sólo podrá ser disfrutada por los agentes que ostenten una antigüedad consecutiva e ininterrumpida en la administración no inferior a 06 meses a la fecha de inicio, independientemente de su situación de revista.
El régimen general  previsto en el decreto 968 contempla una excepción que alcanza al personal no docente, que preste servicios en establecimientos educativos de la Provincia, ya que este colectivo de trabajadores podrá acceder al período de descanso invernal entre el 20 de julio y el 30 de agosto, ya que resulta imprescindible contar con sus servicios para garantizar las actividades que, en el marco de la pandemia por COVID-19, se están llevando a cabo actualmente en los establecimientos educativos, tales como entrega de módulos alimenticios, talleres de cuidados de la salud e higiene, y campañas de Salud.
La norma dictada el pasado lunes 20, dispone que la licencia de invierno “no podrá fraccionarse, interrumpirse o suspenderse por ningún motivo”, y que su otorgamiento “se adecuará a las necesidades operativas de cada sector, quedando a criterio y facultad del Superior inmediato con rango no inferior a Director, la autorización o denegación por razones de servicios de dicho beneficio”. Además establece que “el agente que no haga uso de la licencia dentro de los lapsos indicados,  perderá automáticamente el derecho al beneficio y no generará compensación económica en ningún supuesto”.

Amplían plazo gozar de la licencia anual 2019

En virtud de las medidas de carácter administrativo dispuestas en el marco de la pandemia COVID-19 -que incluyeron el asueto administrativo dispuesto el 16 de marzo  con suspensión de plazos administrativos, la guardias mínimas para todas las dependencias de la Administración Pública y el posterior retorno paulatino a la actividades diarias- imposibilitaron a los agentes públicos “usufructuar en tiempo y forma la Licencia Anual Reglamentaria, se hace necesario ampliar la fecha de finalización fijada para el usufructo de la Licencia Anual Reglamentaria 2019  hasta el día 31 de diciembre de 2020 inclusive, y disponer de igual manera, que el período para usufructuar la Licencia Anual Reglamentaria subsiguiente comenzará el 1° de Diciembre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021”.

 

Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    71%
    5 votos
  • No me interesó
    29%
    2 votos