Adhesión y aumento
Legislatura

Adhesión y aumento

La adhesión a la ley nacional 27.552 presentada por el bloque FORJA contempla aumentar en 1% los aportes personales y las contribuciones patronales a la Obra Social de la Provincia para garantizar la cobertura al 100% de las prestaciones que necesiten las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis.
13/08/2020
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l bloque legislativo de FORJA presentó un proyecto para que la Provincia adhiera a la ley nacional 27.552, de “ lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas mucoviscidosis”,  que además “establece un mecanismo de financiación, basado en la solidaridad, consistente en un aporte adicional que realizarán todos los trabajadores de la Administración  Pública Provincial y su empleador con el solo objeto de asistir y fortalecer  económicamente a la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF) en virtud del incremento de prestaciones garantizado la cobertura de las prestaciones requeridas por los pacientes”  que sufran de Fibrosis Quística de Páncreas.
La iniciativa fue presentada ayer, miércoles 12, apenas 24 horas después de que el Ejecutivo Nacional promulgada parcialmente la ley que había sido aprobada por el Senado de la Nación el pasado jueves 23 de julio.
La mencionada ley, de orden público, declara de interés nacional la lucha contra la enfermedad de Fibrosis Quística de Páncreas o Mucoviscidosis “ entendiéndose por tal a la detección e investigación de sus agentes causales, el diagnóstico, tratamiento, su prevención, asistencia y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, como así también la educación de la población respecto de la misma” y establece “el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención, para que las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis alcancen su desarrollo e inclusión social, económica y cultural”. En ese marco establece que  las obras sociales, las empresa de medicina prepaga, como así también todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados, independientemente de la figura jurídica que posean,  “tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total del 100% de las prestaciones que sean indicadas por los profesionales y que necesiten las personas con fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, debiendo otorgar cobertura integral de medicamentos, suplementos dietarios y nutricionales, equipos médicos, kit de tratamientos, terapias de rehabilitación y todas las prestaciones que sean indicadas por los profesionales, en un plazo máximo de treinta (30) días corridos, para aquellos casos que no sean urgentes y para estos últimos de forma inmediata”. También otorga cobertura del 100%  a “todos los estudios de diagnóstico, tratamiento y control que se relacionen o deriven de la fibrosis quística de páncreas o mucoviscidosis, como así también el diagnóstico y tratamiento de los órganos que vayan siendo afectados por el avance de la enfermedad. Dichas patologías, contarán con la misma cobertura para tratamientos psicológicos y/o psiquiátricos que sean necesarios”, incluyendo  todos esos procedimientos y prácticas “como los de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo” en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Atendiendo a los mayores costos que el cumplimiento de lo dispuesto en la ley le ocasionara a la Obra Social de la Provincia, los legisladores del bloque oficialista incluyeron dentro del proyecto de adhesión “un mecanismo de financiación, basado en la solidaridad, consistente en un aporte adicional” del 1%, por lo que los aportes de los empleados de la Administración Central, Organismos Autárquicos, Descentralizados, Poder Legislativo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado y de las Municipalidades pasará del 3 al 4%, en tanto que la contribución patronal pasará del 7 al 8%.

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