Explicaron el procedimiento judicial de protección a víctimas de violencia familiar
Jornada virtual a cargo de una Defensora Pública

Explicaron el procedimiento judicial de protección a víctimas de violencia familiar

Fue durante una actividad de “reflexión y sensibilización” que tuvo como disparador el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”. La disertación estuvo a cargo de la Defensora Pública del Distrito Judicial Norte, Julia Allocati, a quien acompañaron la doctora Inés Aparici y la periodista y estudiante de abogacía Victoria Prymak.
02/12/2020
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a Defensora Pública del Distrito Judicial Norte, Julia Allocati, explicó el procedimiento judicial de protección a las víctimas de violencia familiar, durante un espacio virtual de “reflexión y sensibilización” que tuvo como disparador el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, informaron voceros judiciales.
La funcionaria judicial transmitió la experiencia de la Defensoría antes las denuncias de violencia doméstica, y destacó que si bien hay muchos casos, “la mitad quedan en medidas cautelares”, mientras que otro grupo continúa la demanda pero son muy pocas “las que terminan en sentencias de expedientes por violencia familiar”, señaló.
Por tal motivo, la defensora evaluó que si la víctima llega a la instancia de denunciar a la persona agresora “hay que seguir las causas, preocuparse y saber cómo está su expediente”, ya que en un proceso de este tipo, una sentencia es “darle un cierre a toda la historia”, explicó.
Desde enero de 2015, en Tierra del Fuego está en vigencia la ley 1022 que tiene como finalidad prever las medidas de protección judicial para la víctima de violencia familiar y las sanciones para quien las ejerza.
Como violencia familiar se comprende “a toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual o la libertad de una persona en el ámbito de las relaciones familiares, aunque ésta no configure delito”, detalló un parte de prensa de la Justicia.
Así, toda persona que fuera víctima de violencia por parte de algún integrante del grupo familiar puede denunciar los hechos en forma oral o escrita ante cualquier autoridad judicial o policial.
A su vez, por integrantes del grupo familiar se entiende “el originado en el matrimonio, en uniones de hecho o de relaciones de noviazgo o pareja, sean convivientes o no, persista o haya culminado el vínculo, y comprende a ascendientes, descendientes, colaterales o por afinidad”.
La defensora Allocati aclaró que la violencia puede ser ejercida “de una mujer a un hombre, de un hombre a una mujer, de un hombre a hombre o de mujer a mujer, mientras exista relación familiar o haya habido”.
Estos conceptos fueron desarrollados por la defensora junto a la doctora Inés Aparici y la periodista y estudiante de abogacía Victoria Prymak, y estuvo destinada a la comunidad educativa del CENS N° 18 de Río Grande.

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