Disponen pena de corte de lengua a quien difunda rumores
EL 21 DE DICIEMBRE DE 1851

Disponen pena de corte de lengua a quien difunda rumores

21/12/2020
E

ste día, las autoridades militares de facto de Punta Arenas disponen que “cualquier persona sin distinción de sexo ni categoría que hablase de cosas supuestas o con el solo objeto de armar cizaña, sin más prueba que la de dos testigos será inmediatamente castigada con que se corte la lengua. Se encarga a los señores oficiales que procuren hacer observar esta orden con toda estrictez y dar inmediatamente parte de cualquier cosa por insignificante que parezca” (Armando Braun Menéndez. Cambiazo el último pirata del estrecho).
“Esta disposición rigurosa expuesta en lugar visible tuvo la virtud de reprimir el vicio de la murmuración y terminar con las recíprocas recriminaciones pueblerinas”.
Los militares liderados por el teniente Miguel José Cambiazo habían tomado el poder de la única ciudad existente en la zona austral el 21 de noviembre, y sus primeras disposiciones fueron en extremo drásticas. Ejecutó al gobernador Benjamín Muñoz Gamero y a grupos de tehuelches que llegaron a comerciar productos. Además de la pena contra los promotores de rumores, dispuso que toda persona que “se encuentre jugando al naipe o a las chapas será ahorcado inmediatamente tan pronto como sea probado”; que cualquier persona “que tenga naipes y no los entregara inmediatamente (…) aunque sea una sola carta, será pasado por las armas”.
También promovió la delación al encargar “especialmente a todos los oficiales se vigilen unos a otros en la exactitud del servicio y cualquier falta que noten la pondrán en conocimiento de esta comandancia, siendo cualquiera de ellos responsable a las faltas que noten y no lo remienden si está en sus atribuciones”.
 Punta Arenas contaba con algo más de trescientos habitantes. Al producirse la sublevación, gran parte de su población aprovechó la llegada de cualquier navío para emigrar de la aldea. A bordo del bergantín inglés ‘Elisa Cornish’ viajaron ciento veinte hombres y cuarenta y cinco mujeres y niños.  
Finalmente, la plana mayor de los sublevados fue capturada por efectivos militares enviados por el poder central y luego de un juicio sumario, fueron condenados a pena de muerte. En el caso de Cambiazo, el fallo de la Corte Marcial dispuso “la pena de ser pasado por las armas, previa degradación y después descuartizado”. Medida que se llevó a cabo en Valparaíso con una gran concurrencia de vecinos de esa ciudad (op.cit.).

Autor : Bernardo Veksler
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