or efecto de la vigencia de la nueva escala salarial para los empleados públicos, establecido en el decreto 1731/2020, el gobierno debió proceder al ajuste del valor que se cobra por la tasa de emisión de los Certificados de Origen y No Origen ya que está directamente vinculado a la variación de los haberes.
Por resolución 3496/2020 del Ministerio de Producción y Ambiente, del pasado 17 de diciembre, se procedió a hacer la corrección del valor tomando en cuenta la nueva escala salarial que está vigente para el escalafón seco de la administración pública, la que fue acordada hace pocas semanas, solamente con el gremio de la Asociación Trabajadores del Estado.
El artículo 9 de la ley provincial 440 (Tarifaria y Fiscal), fija una tasa retributiva de servicios de verificación, seguimiento y control de las obligaciones de ley que practica la Dirección General de Industria, Certificados de Origen, CAAE y Legales, por la emisión de Certificados de Origen y No Origen.
El valor de esa tasa se fija en Unidades Ajustables por Evolución Salarial (UAPES). El artículo segundo de la ley 1049 define a esa unidad como el equivalente al uno por diez mil (1%00) del salario bruto percibido por todo concepto por la Categoría 10, Personal Administrativo y Técnico (PAyT), del Escalafón Seco de la Administración Pública Provincial.
Mediante nota 974/20, la Dirección General de Haberes informó el total de escala para la Categoría 10 PAyT del Escalafón Seco, donde aplica la escala salarial incluidos el Decreto Provincial 1713/20.
En consecuencia, “resulta pertinente establecer el nuevo valor de la Unidad Ajustable por Evolución Salarial”, señala en sus fundamentos la resolución emitida por el Ministerio de la Producción, donde se fija el mismo en la suma de 3,62 pesos.