Prohíben la caza de lobos marinos en costas patagónicas
EL 19 DE ABRIL DE 1974

Prohíben la caza de lobos marinos en costas patagónicas

19/04/2021
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ste día, el Poder Ejecutivo Nacional promulga el Decreto N° 1216/1974 por el cual se prohíbe “la caza de lobos, elefantes marinos, focas, pingüinos y especies similares de la fauna marítima que sean determinados por resolución de la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Ambiente Humano, ya sea con fines deportivos o comerciales hasta completar los estudios biológicos que se están llevando a cabo”. La norma lleva la firma del presidente Juan Domingo Perón y de los ministros del Interior y Economía Benito Llambi y José Ber Gelbard, respectivamente.
En los considerandos se planteaba “que se están llevando a cabo investigaciones biológicas sobre poblaciones de lobos marinos y ante la necesidad de proteger dichas especies hasta tanto se conozcan los resultados y recomendaciones de los mencionados estudios” y que “la conservación de esas especies animales debe ser preservada por las autoridades de la Nación teniendo en cuenta que su frecuente migración impide asignar, a los efectos de su protección, jurisdicción específica a determinada provincia”.
Durante el siglo XX se había incrementado notablemente la depredación de las colonias de esas especies sobre las costas patagónicas. “Entre 1920 y 1950, las matanzas realizadas por permisionarios nacionales en el territorio continental y en la Isla Grande de Tierra del Fuego para la obtención de cuero y grasa, estuvieron a punto de hacerlo desaparecer de nuestras costas” (rionegro.com.ar).
Los procedimientos de caza eran por demás primitivos y sanguinarios: los animales eran muertos a golpes, en la cabeza y el hocico, con bastones de madera y con largos palos que terminaban en forma de gancho.
“La explotación se realizaba en forma rudimentaria; se extraía la piel, se salaba, y la grasa subcutánea se pasaba por calderas para la obtención de aceite. El resto del animal era desaprovechado (…) La piel de los cachorros era utilizada en peletería y marroquinería, al mismo tiempo que la de los adultos era destinada a la talabartería. El aceite obtenido era utilizado para la industria”.
Los permisionarios nacionales explotaron apostaderos en las provincias de Buenos Aires, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
La naturaleza irracional de la explotación redujo severamente el número de individuos. Algunas crónicas dan cuenta de verdaderos exterminios. (op.cit.).

Autor : Bernardo Veksler
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