Concursan la instalación de una radio AM en Ushuaia
RESOLUCION DEL ENACOM

Concursan la instalación de una radio AM en Ushuaia

Tras ser declarado desierto un concurso anterior, nuevamente el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) llamó a concurso público para la adjudicación de una radio de Amplitud Modulada en Ushuaia. La misma funcionará en el 940 KHz del dial. El 7 de octubre vence el plazo para presentar las ofertas.
13/09/2021
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l próximo 7 de octubre vence la fecha para la presentación de ofertas a quienes estén interesados en la explotación de una Radio de Amplitud Modulada en Ushuaia, de acuerdo a lo que señala la resolución 1298/2021, firmada por Claudio Julio Ambrosini, titular del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y fechada el pasado 2 de septiembre.
La frecuencia fue ofrecida a través de concurso público lanzado por el Ente para la capital fueguina y es la 940 kHz, con una potencia diurna de 5 kilowatts. La misma fue concursada en su oportunidad pero fue declarada desierta. De acuerdo a los antecedentes, la primera vez se hizo mediante Resolución 1.917-COMFER/04, prorrogado por su similar 118-COMFER/05.
El concurso de la frecuencia de AM fue realizado en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 909/99, con el objeto de adjudicar una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual por modulación de amplitud, en la frecuencia 960 KHz., categoría V, en la ciudad de Ushuaia.
Ahora, se procedió a un nuevo concurso público en los términos del Artículo 32 de la Ley Nº 26.522, aprobada por Decreto N° 1.225/10, para lo cual se ha confeccionado el Pliego De Bases y Condiciones, en el que se “ha atendido en particular al interés público y social vinculado a la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual, que nos ocupan”.
Cabe indicar que el Artículo 32 antes mencionado, establece que “las licencias correspondientes a los servicios de comunicación audiovisual no satelitales, que utilicen espectro radioeléctrico, serán adjudicadas mediante el régimen de concurso público y permanente”.
En los fundamentos de la resolución se hace especial hincapié en que la “comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información, a la participación, preservación y desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión”.
En la resolución además se puntualiza que como resultado “de un relevamiento efectuado respecto de la situación de servicios de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por amplitud modulada, resulta viable convocar a Concurso Público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las provincias de Buenos Aires, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Santa Fe, a personas humanas, personas jurídicas con fines de lucro –en formación o regularmente constituidas- y personas jurídicas sin fines de lucro regularmente constituidas”.

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