Se Modificó el decreto que creó el “Programa de Emisión y Colocación de Letras del Tesoro”
Finanzas Provinciales

Se Modificó el decreto que creó el “Programa de Emisión y Colocación de Letras del Tesoro”

El Poder Ejecutivo modificó los alcances del decreto que dispuso el “Programa de Emisión y Colocación de Letras del Tesoro de la provincia de Tierra del Fuego 2022”, para ampliar de 3 mil a 7 millones de pesos el monto máximo a emitir por el ministerio de Finanzas.
08/04/2022
A

fin de poder instrumentar en el menor tiempo posible la colocación en el mercado de la Letras del Tesoro autorizadas por la Legislatura, el Poder Ejecutivo resolvió modificar los términos del decreto 188/22, dictado en febrero de este año, mediante el que se formalizó el “Programa de Emisión y Colocación de Letras del Tesoro de la provincia de Tierra del Fuego 2022” y autorizó al Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Tesorería General, a disponer la emisión de Letras del Tesoro por hasta un máximo de 3 mil millones de pesos.
Habida cuenta que el pasado de marzo 29 la Legislatura aprobó la solicitud para ampliar hasta los 7 mil millones de pesos el monto máximo autorizado a emitir en Letras del Tesoro, el Gobernador dictó, el marte de esta semana, el decreto 770/22 para modificar el que dictara a mediados de febrero para “autorizar al Ministerio de Finanzas Públicas, a través de la Tesorería General de la Provincia, a disponer la emisión de Letras del Tesoro, por un monto de hasta el valor nominal original de siete mil millones de pesos”. También se reformuló parcialmente el artículo 2 del decreto 188/22, para dejar establecido que la Letras emitidas deberán ser reembolsadas dentro del mismo ejercicio financiero en que se emiten, y no a los 365 días contados desde su fecha de emisión.
Es de tener en cuenta que -tal lo dispuesto por el Parlamento al aprobar la ley que amplió el monto que se puede emitir en Letras del Tesoro- de los 7.000 millones autorizados, 1.000 millones deben ser destinados, en un plazo de 6 meses desde la colocación, a pagar la deuda consolidada y flotante de la Obra Social del Estado Fueguino.

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