laudio Marcelo Ballesta, Emanuel Matías Arese y Roberto Nicolás Giunchetti; fueron procesados por la comisión del delito contra la seguridad pública, previsto en el Código Penal, por el hecho cometido el 10 de octubre cuando provocaron el corte de la fibra óptica, en el lugar donde está instalado el radar de la empresa Leolabs; el cual afectó el servicio de Internet en Ushuaia y en Tolhuin.
El procesamiento fue resuelto por la Jueza Federal Mariel Borruto, quien además les trabó embargo sobre los bienes de cada uno por la suma de $500.000. En su decisión aplicó lo establecido en el artículo 197 del Código Penal, que dispone que: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que interrumpiere o entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida”.
Para resolver el procesamiento, la Jueza Federal tuvo en cuenta un informe suministrado por personal policial que observó a las tres personas en inmediaciones del lugar en que se encontraba el acceso a la fibra óptica instantes antes de que se verificase la interrupción del servicio.
La Policía también constató que cuando las tres personas fueron aprehendidas en el Destacamento José Menéndez, se hizo un registro vehicular donde fueron encontradas herramientas de corte, cuyos filos eran compatibles con el daño producido en el cableado y que, además, presentaban filamentos plásticos de similares características a los que componían la fibra dañada.
Otra prueba de cargo contra los procesados resultó el informe del entrecruzamiento de llamados y mensajes entre los tres sospechosos, los que surgieron de la pericia sobre los teléfonos celulares secuestrados.
De los movimientos financieros de las billeteras virtuales, aportados por la empresa Mercado Pago, se pudo establecer que Claudio Marcelo Ballesta, Emanuel Matías Arese y Roberto Nicolás Giunchetti; contaron con el auxilio económico de una agrupación política para trasladarse desde la provincia de Buenos Aires a la localidad de Tolhuin para participar de las protestas vinculadas con el radar de capitales extranjeros instalado en la Estancia El Relincho.
Cabe destacar que, en su decisión la Jueza Federal descartó la existencia de un plan organizado, para cometer el delito investigado y la participación de otras personas ajenas al grupo conformado por los tres acusados.
La Magistrada descartó así la hipótesis de que otras personas, distintas de los tres imputados, hubiesen participado en el daño materializado sobre la fibra óptica de la empresa Telefónica Móviles de Argentina como instigadores y/o financistas.