l Dr. Ernesto Löffler, ministro del Superior Tribunal de Justicia y presidente del Consejo de la Magistratura de Tierra del Fuego, fue consultado sobre la posibilidad de que el Gobierno de la Nación, a través de la AFIP, intérprete que corresponde cobrar el Impuesto a las Ganancias en la provincia a partir de la entrada en vigencia de la Ley Bases.
El especialista se expresó como académico, como profesor de Federalismo Tributario y teniendo en cuenta que si el caso llegara a la Justicia sería de competencia eminentemente federal.
Llevó tranquilidad a la población luego de haber repasado algunos artículos de la Constitución Nacional, algunos dictámenes de la AFIP del año 2002, la sanción de la Ley de Bases y el Pacto Fiscal.
Explicó que hay que tener en cuenta la Constitución Nacional originaria que en el artículo 67, inciso 16, le había conferido al Congreso la facultad de dictar normas de progreso o de bienestar para el desarrollo armónico de la República. “Entre otras cuestiones se había previsto allí la posibilidad de que el Congreso dicte normas vinculadas al poblamiento equilibrado del país, la promoción de algunas industrias para que la población no sólo se asentará en la zona del puerto de Buenos Aires sino que se distribuyera en lugares poco poblados como la Patagonia”, recordó y agregó que “en 1994 el convencional constituye lo que hizo fue actualizar este tipo de norma. Redactó, incluyó entre las facultades del Congreso, aparte de las viejas cláusulas de bienestar y progreso, un nuevo catálogo de tópicos que están plasmados en el artículo 75, inciso 19”.
El profesor Löffler subrayó que la Corte ya dio, en el año 2001, a través de un voto del juez Vázquez, que la Ley 19.640 es una típica cláusula de progreso y bienestar. “Siendo consecuente con lo que dice el artículo 75, inciso 19, cualquier reforma, modificación, alteración legislativa que se le haga a esta norma de bienestar, la cámara de origen debe ser el Senado”, aclaró.
Argumentó que “la Ley de Bases y el Pacto Fiscal, que acaban de sancionarse, tuvieron su origen en Diputados no en el Senado por lo tanto surge de la motivación que tuvo el Ejecutivo al haber mandado el proyecto primero a Diputados y luego al Senado, que no fue intención del Ejecutivo alterar norma o disposición alguna de la 19.640 y todas las exenciones que surgen a partir del artículo primero y tercero de la 19.640 que básicamente nos exime del pago de impuestos nacionales cuando estos impuestos no tienen afectación específica, los ya creados y los impuestos nacionales a crearse”.
Ejemplificó que el Impuesto al Cheque, que fue creado en el año 2001, como tiene afectación específica se paga en Tierra del Fuego pero Ganancias es un impuesto que se coparticipa, no tiene afectación específica, por lo tengo está incluido en la eximición.
“Este nuevo paquete fiscal de ningún modo pudo haber modificado o podría modificar algún beneficio de la 19.640 porque si el Ejecutivo tenía intención de hacerlo debió haberlo mandado al Senado y ser el Senado cámara de origen pero la envió a Diputados”, aseveró.
Otro de los argumentos que barajó Löffler se basa en que la Ley 27.743, que es la Ley de Bases y el Pacto Fiscal, aclara que esa ley modifica otras siete normas, entre ellas algunas leyes que han sido derogadas por la 27.743 y en esa enunciación de normas que fueron modificadas por la 27.743 no figura la 19.640 porque no la modificó de modo alguno”.