a Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego concluyó que las obras en el Cerro Martial, en el marco del proyecto turístico Parque Glaciar Martial, registraron instancias de control ambiental, pero con deficiencias significativas que obligan a reforzar la fiscalización. El expediente se inició tras una presentación realizada el 12 de enero por la asociación Mane’kenk, que denunció una presunta afectación ambiental en una zona de alta sensibilidad ecológica y estratégica para el abastecimiento de agua de Ushuaia.
El dictamen, fechado el pasado miércoles 25, reconoce que tanto la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (DPOSS) como la Secretaría de Ambiente realizaron intervenciones y monitoreos, lo que impide hablar de ausencia total de control. Sin embargo, advierte que estas acciones no resultaron suficientes frente a la reiteración de eventos que alteraron la calidad del agua del arroyo Buena Esperanza, una de las principales fuentes de captación para la planta potabilizadora de la ciudad.
Los informes técnicos incorporados al expediente indican que desde la temporada 2025 se registran niveles de turbiedad inusuales en el arroyo, con mayor persistencia que en años anteriores. Estas variaciones se intensifican durante el mediodía y la tarde, coincidiendo con momentos de mayor actividad en la zona. La situación obliga a la DPOSS a compensar la calidad del recurso mediante la mezcla con agua del arroyo Grande, lo que incrementa los costos operativos y tensiona el funcionamiento de un sistema esencial para la población.
Aunque los organismos técnicos evitan atribuir de manera concluyente la causa de estas alteraciones exclusivamente a las obras, el documento oficial reconoce la existencia de un vínculo entre las intervenciones en el cerro y la degradación del recurso hídrico. Como antecedente relevante, se menciona un episodio ocurrido en febrero de 2025 que motivó la paralización preventiva de tareas en el cauce y la implementación de un protocolo de avisos para evitar nuevos impactos.
No obstante, la Fiscalía advierte que los problemas no fueron aislados. Por el contrario, los registros recientes muestran una continuidad en las fluctuaciones de calidad del agua. En este marco, se documentaron diversas irregularidades atribuibles a la empresa a cargo de la obra: excavaciones no autorizadas, modificaciones de afluentes, alteración de márgenes sin protección, cruces de maquinaria pesada por el arroyo y arrastre de sedimentos hacia el curso de agua como consecuencia del movimiento de suelos.
Si bien algunas observaciones vinculadas al ordenamiento del predio, el tratamiento de residuos peligrosos y la gestión forestal fueron corregidas, persisten incumplimientos en lo relativo a la protección de los recursos hídricos. La Fiscalía subraya que las reiteradas intimaciones cursadas a la empresa no suplen la obligación legal de iniciar sumarios ambientales cuando se verifican infracciones, independientemente de que exista o no una prueba concluyente sobre la relación causal directa con el aumento de turbiedad.
En este sentido, el dictamen cuestiona el carácter reactivo del control estatal y plantea la necesidad de una fiscalización preventiva, sistemática y sostenida en el tiempo. También advierte que la falta de procedimientos formales podría derivar en responsabilidades directas para las autoridades competentes en caso de que se produzcan daños ambientales o afectaciones al servicio de agua potable.
El arroyo Buena Esperanza, eje central de la controversia, es un curso de origen glaciar que desciende desde el sistema Martial y abastece históricamente a Ushuaia. Su cuenca forma parte de un ecosistema de alta fragilidad, donde las alteraciones del suelo, la vegetación o la dinámica hídrica tienen efectos inmediatos sobre la calidad del agua. Debido a su dependencia del deshielo y de las precipitaciones, presenta una gran sensibilidad frente a intervenciones antrópicas.
La Fiscalía concluye que el desarrollo de infraestructura turística en el área no debe implicar una flexibilización de los estándares ambientales. Por el contrario, sostiene que el control riguroso constituye una condición indispensable para preservar el recurso hídrico y garantizar la sostenibilidad del propio emprendimiento. En esa línea, enfatiza que el entorno natural no solo es un bien a proteger, sino también el principal activo de la actividad turística en Ushuaia.
Finalmente, el organismo exhorta al Ministerio de Producción y Ambiente a regularizar los procedimientos de control, avanzar en la apertura de sumarios cuando corresponda y fortalecer los mecanismos de seguimiento.