l intento de avanzar con una ley para derogar la declaración de necesidad de reforma constitucional abrió una discusión jurídica sobre los alcances del proceso ya iniciado y las competencias de la Legislatura para intervenir en esa instancia.
El abogado, docente y exlegislador provincial Manuel Raimbault sostuvo que el proceso de reforma no puede ser interrumpido en esta etapa y cuestionó la validez de una eventual derogación: “El proceso de reforma constitucional ya está disparado, ya está iniciado”, afirmó, y explicó que no se trata solo de una ley vigente, sino de un procedimiento institucional en curso que incluye una convocatoria electoral y una intervención judicial previa.
Según detalló, el proceso ya atravesó distintas instancias formales que le otorgan un marco específico. “Ya hay una ley, ya hay un proceso electoral en marcha y además una sentencia definitiva que ordena la reanudación”, señaló, en referencia al fallo que habilitó la continuidad del cronograma. En ese contexto, advirtió que avanzar con una derogación implicaría interferir en un trámite en curso. “La Constitución dice que el Poder Legislativo no puede sustraer el conocimiento de causas pendientes”, explicó.
El planteo de Raimbault se centra en la naturaleza del proceso de reforma, que no puede equipararse a una ley común. “Hay una confusión en pensar que porque lo dicta la Legislatura es una ley que se puede derogar como cualquier otra”, sostuvo, y aclaró que se trata del ejercicio de una facultad distinta. “Esa ley de declaración de necesidad de reforma tiene naturaleza preconstituyente, no es una ley en sentido estricto”, afirmó.
En ese sentido, explicó que la Constitución establece dos planos diferenciados: el poder legislativo ordinario y el poder preconstituyente. “Cuando la Legislatura actúa en este caso, no está ejerciendo actividad legislativa, está ejerciendo una actividad preconstituyente”, detalló, y remarcó que esa diferencia implica un régimen jurídico distinto. “No tiene la misma naturaleza ni la misma jerarquía que una ley común”, agregó.
A partir de esa distinción, sostuvo que no corresponde aplicar mecanismos habituales como la derogación. “No se puede decir que después la Legislatura la deroga, porque no es naturaleza legislativa”, afirmó, y señaló que ese criterio ya fue reconocido en fallos judiciales. “La Corte ha dicho que cuando se ejerce esta facultad, la naturaleza es distinta”, indicó.
El abogado también puso el foco en el rol de la ciudadanía dentro del proceso. “Lo que no se puede sustituir ahora es la voz del pueblo”, sostuvo, y explicó que la instancia decisiva se dará en la elección de convencionales constituyentes. “El pueblo va a elegir representantes que pueden incluso rechazar la reforma”, planteó.
En ese marco, aclaró que el proceso no implica necesariamente una modificación constitucional. “Pueden sentarse y decir que no están de acuerdo y cerrar la convención”, explicó, y remarcó que esa posibilidad está prevista en la propia Constitución. “No están obligados a hacer la reforma si no lo creen conveniente”, agregó.
Raimbault también advirtió sobre las consecuencias institucionales de avanzar en sentido contrario. Señaló que intentar revertir una decisión ya adoptada podría generar inestabilidad. “Se genera una situación donde no sabemos si vamos a hacer o no la reforma, y eso refleja una crisis institucional”, afirmó.
En esa línea, vinculó el debate actual con un problema más amplio en el funcionamiento del sistema político. “El principal pacto que tenemos, que es la Constitución, no sabemos bien cómo manejarlo”, sostuvo, y consideró que el escenario actual expone dificultades en la toma de decisiones. “Lo que estamos viendo es el nivel de crisis institucional que estamos teniendo en la provincia”, advirtió.