Claves de la condena: por qué descartaron la perpetua para Mancilla
Fallo judicial en Río Grande

Claves de la condena: por qué descartaron la perpetua para Mancilla

El Tribunal de Juicio en lo Criminal difundió los fundamentos de la sentencia por el homicidio del músico Alexis Baciocchi. Los jueces consideraron probado un contexto de violencia y hostigamiento sostenido, rechazaron agravantes como alevosía y ensañamiento y aplicaron la pena mínima por homicidio simple.
20/04/2026
E

l Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande dio a conocer los fundamentos de la condena a Florencia Mancilla por el homicidio de Alexis Baciocchi, ocurrido el 18 de diciembre de 2022, en un fallo que descarta la prisión perpetua y fija la pena mínima prevista para el delito de homicidio simple.

En su resolución, los jueces Juan José Varela, Eduardo López y Verónica Marchisio sostuvieron que Mancilla actuó bajo la convicción de que “matarlo fue la única forma de poner fin al hostigamiento” que sufría. El fallo reconstruye una relación atravesada por violencia física y psicológica, en la que la víctima ejercía conductas persistentes de acoso y dominación sobre la joven.

El Tribunal rechazó los agravantes que hubieran habilitado una condena a prisión perpetua. En primer lugar, descartó la alevosía al no encontrar pruebas de que Mancilla se hubiera aprovechado de un estado de indefensión o de confianza de Baciocchi. Por el contrario, los peritajes forenses y de Policía Científica describieron un episodio “dinámico”, propio de una pelea, en el que ambos presentaron lesiones defensivas.

También fue desestimado el ensañamiento. Según los magistrados, no se acreditó que la acusada haya buscado prolongar el sufrimiento de la víctima. En ese sentido, valoraron que, tras el ataque, Mancilla cubrió el cuerpo para evitar que se enfriara, intentó reanimarlo mediante maniobras de RCP y dio aviso a la Policía.

El fallo establece que la muerte se produjo por heridas punzocortantes en la región posterior del tórax, infligidas con tres cuchillos. Para los jueces, la ubicación y características de las lesiones evidencian una acción dirigida contra la integridad física de la víctima, con resultado letal, lo que encuadra el hecho como homicidio simple.

La hipótesis de inimputabilidad planteada por la defensa, basada en un supuesto episodio psicótico o disociativo, también fue rechazada. El Tribunal argumentó que no pudo determinarse con precisión el momento exacto del ataque dentro del lapso temporal analizado, ni probarse que Mancilla haya actuado sin control de sus actos.

Uno de los ejes centrales de la sentencia es el contexto de violencia de género. Los magistrados consideraron acreditado que Mancilla atravesó una relación signada por el hostigamiento, en la que Baciocchi la buscaba de manera insistente, se atribuía dominio sobre ella y le ofrecía dinero, sustancias y alimentos a cambio de favores sexuales.

El fallo también da cuenta de los intentos de la joven por salir de esa situación: recurrió a familiares de la víctima, acudió a organismos estatales y manifestó reiteradamente el padecimiento que atravesaba, sin obtener una respuesta efectiva. Ese cuadro, según los jueces, derivó en una acumulación de angustia, temor y vulnerabilidad que terminó por desbordarse.

En su voto, el juez López señaló que el homicidio fue resultado de una “compleja combinación” entre la historia personal de Mancilla, sus fragilidades emocionales y psíquicas y el hostigamiento sostenido. En ese marco, concluyó que la acusada percibió el crimen como la única salida posible ante una situación límite.

Finalmente, el Tribunal remarcó que, si bien la víctima podía ser valorada positivamente en otros ámbitos de su vida, ese perfil no se correspondía con el vínculo que mantenía con Mancilla, elemento clave para definir la calificación legal y la medida de la pena.

Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos