l concurso de evaluación y selección de postulantes a cubrir el cargo de vocal legal del Tribunal de Cuentas podría quedar sin efecto, ya que así lo solicitó al Consejo de la Magistratura el legislador Manuel Raimbault.
En su escrito peticionó al órgano responsable de la elección y remoción de magistrados que declare la nulidad de los artículos 28, inciso 8, 30, 31, 32, 33 y 35 del Reglamento Interno de ese cuerpo; que se convoque a un concurso para cubrir la vacante de vocal legal del Tribunal de Cuentas, y que se disponga, como medida cautelar hasta se resuelva la incidencia planteada, la suspensión del procedimiento actualmente en vigencia.
El parlamentario de ARI funda su pretensión en que los mencionados resultan contrarios a los principios y disposiciones consagradas en la Constitución Nacional; Constitución Provincial, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana contra la Corrupción. Por cuanto el mecanismo de selección previsto en la cuestionada norma "sigue siendo absolutamente discrecional", razón por la cual "el concurso no pasa de ser una ficción".
Justamente para corregir estas, a su entender, ilegalidades, peticiona que el Consejo disponga el llamado a un nuevo concurso pero estableciéndose, a tal efecto, criterios objetivos y previamente determinados para evaluar los antecedentes y conocimientos técnicos de los postulantes.
Por otra parte, Raimbault solicita que el Consejo "disponga, como medida cautelar, hasta tanto sea resuelto el presente en forma definitiva, la suspensión del procedimiento de selección tendiente a cubrir el cargo de vocal legal del Tribunal de Cuentas".
Además, deja abierta la instancia de "acudir a la Justicia para el caso de una respuesta negativa o retardo en la misma"
El Tribunal de Cuentas debe estar integrado por tres miembros, pero en la actualidad solo cuenta con dos vocales, ya que el año pasado renunció a la vocalía legal el doctor Rubén Herrera.
Tal lo dispone la Constitución, dos de los vocales deben ser contadores y el restante abogado. Los miembros contadores son designados por el Poder Ejecutivo a propuesta del propio Gobierno, en un caso, y de la Legislatura en el otro. En tanto que el miembro abogado debe ser propuesto por le Consejo de la Magistratura, de allí el mencionado concurso que objeta el legisladores arista.
Un reclamo que se queda corto Resulta indudable la racionabilidad del planteo formulado por el legislador Raimbault, en cuanto a la necesidad de que el Consejo de la Magistratura adopte criterios de selección objetivos que restrinjan el margen de arbitrariedad en la selección de postulantes a integrar el Poder Judicial o la del vocal abogado del Tribunal de Cuentas. |