oras antes de que el Consejo de la Magistratura comenzara con las entrevistas a los aspirantes a ocupar el 3er lugar vacante dentro de la Corte Provincial, la gobernadora Fabiana Ríos rubricó el decreto 723/09 aduciendo buscar mayor transparencia al sistema de selección del juez que complete la cúpula del Poder Judicial.
La norma dispone publicar los antecedentes del abogado que designe el Organismo y a su vez implementa una serie de mecanismos que facilite una mayor información y participación ciudadana. El decreto fue calificado de inconstitucional por la mayoría de los miembros del organismo, quienes pidieron elevar consulta al Superior Tribunal para conocer la legalidad o no de la norma. El proceso de selección para cubrir el cargo que dejó del doctor Mario Robbio llevaba más de un año. La ausencia de debate previo desde el Ejecutivo dejó una sombra de dudas sobre si el decreto no fue una repuesta a un reclamo que vino desde adentro del propio Gabinete.
el diario: Terminó el proceso de entrevista de los 7 aspirantes a ocupar la vacante en el STJ y queda un paso posterior a partir del dictado del decreto 723, que es la incorporación de un mecanismo de mayor transparencia que fue dictado 48 ó 72 horas antes de dar inicio a las entrevistas. La pregunta surge a partir de que desde abril del año pasado hasta el inicio de este proceso, no se vio en la Legislatura ni en el Ejecutivo, una acción concreta para analizar o plantear esta alternativa. ¿Por qué surgió a último momento?
Guillermo Aramburu: El espíritu, como la letra del decreto, apunta no sólo a la transparencia sino también a la legitimación social haciendo uso de lo que el Ejecutivo considera su facultad. El objetivo es ese y no otro. Permitir un marco de legitimación social para quien va a ocupar un cargo tan importante como ser cabeza de uno de los 3 poderes del Estado. La verdad que la definición volcada en ese decreto se corresponde con un criterio que ha adoptado esta gestión desde el inicio. De hecho que las modificaciones que eventualmente hubiere que haber en el ceno del Consejo de la Magistratura, han sido posicionada en mi persona como representante del Ejecutivo, en oportunidad de haberse resuelto en la elección pasada del vocal abogado del tribunal de Cuentas, la posición que quedé en soledad, en cuanto a hacer lugar a la cautelar que había formulado en aquel entonces uno de los postulantes. Pero en la creencia y en el entendimiento que el ámbito de modificación de la normativa vigente es el Poder Legislativo, lo que ha hecho el bloque oficialista es hacer propio los distintos proyectos que presentaron los colegios de abogados, los que hasta la fecha no han tenido estado parlamentario. Esto se condice con un criterio que ha adoptado esta gestión y no ha sido de carácter sorpresivo en función de esta situación.
e.d.: Bueno, pero sí ha sorprendido al resto de los consejeros.
G.A.: La intervención de la Gobernadora es sólo de dos cargos, en la elección del Tribunal Superior de Justicia y del vocal abogado del Tribunal de Cuenta.
e.d.: Está bien. Pero pregunto nuevamente, ¿por qué teniendo un año de tiempo no tuvo una postura pública conocida? Digo esto porque cuando se incorpora generó un rechazo y un pedido de inconstitucionalidad, tal vez por la premura de este decreto 723.
G.A.: Pero creo que la constitucionalidad o no, no está en función de la premura, sino de la interpretación.
e.d.: La premura es un análisis periodístico.
G.A.: Claro. Vale aclarar que habiéndose presentado con anterioridad no alteraría el debate que se ha generado. Es decir, sobre los alcances de las atribuciones de la Gobernadora en uso de sus facultades.
e.d.: ¿No considera que el debate tiene que ver con el tiempo que la gente y los propios consejeros deben poseer para analizarlo y de esta manera incorporarlo en mejores condiciones? Pregunto, porque me parece importante que un tema que responde a la incorporación de un mecanismo de mayor transparencia llegue a último momento y genere una discusión inversa, que puede hacer fracasar un elemento que podría ser en beneficio de toda la sociedad.
G.A.: Sí. De todas maneras insisto en que el espíritu y el texto apuntan a una sola facultad que tiene el Poder Ejecutivo que podría haberlo hecho sin decreto. Es decir hacer un debate o que espasmódicamente uno vaya consultando a distintos actores sociales respecto de la persona que sea propuesta por el Consejo de la Magistratura. Por eso antes de hacerlo de manera espasmódica hacerlo de manera ordenada a través del decreto. También quiero destacar que esto no altera en nada las facultades ni se pone en tela de juicio las facultades o la función del Consejo de la Magistratura.
e.d.: Desde el análisis periodístico, da la sensación de que el decreto 723 tiene más que ver más con una repuesta interna en lo político, ante la posición que tiene el ex secretario de Comunicación Gabriel Ramonet respecto a la selección de los jueces y no a una cuestión externa.
G.A.: No. En realidad no. Más allá de que uno o varios miembros del gabinete de este gobierno tengan o hayan tenido ese criterio, se corresponde con una definición de gestión y con un criterio adoptado al respecto; que, insisto, no es aislado, sino que es un criterio sostenido antes y durante el ejercicio del Poder Ejecutivo.
e.d.: Bueno, es en caso de esta vocalía que hacía mención. Pero no se ha visto desde el Ejecutivo una fuerte presencia o presión como para el tema sea ampliamente debatido en la Legislatura durante este año y pico de gestión.
G.A.: Es que no ha tomado estado parlamentario ninguna modificación, como usted lo ha dicho recién. Con lo cual uno es absolutamente respetuoso de los espacios institucionales. Fue un proyecto que presentaron organizaciones para-estatales, como lo son los colegios de abogados de Ushuaia y Río Grande ante el Poder que tiene facultades deliberantes. No sería el Ejecutivo a quien debería preguntarle porque no ha tomado parlamentario esas modificaciones.
e.d.: Les preguntaremos a los legisladores del ARI entonces.