Crean restricciones para transportar mascotas en avión

Cuidado con el perro

19/03/2014
L
a aerolínea de bandera publicó en su página web una serie de requisitos para el traslado de mascotas, entre las cuales se señala que “a partir del 1 de marzo de 2014 no se aceptará el traslado como equipaje acompañado de razas de perros y gatos ‘braquicéfalos’, comúnmente llamados ‘de nariz chata’, tanto en vuelos de cabotaje como regionales e internacionales, en aviones de fuselaje angosto y ancho”.
De esta manera, se enumeran algunas de las razas de perros como: Bulldog, Bulldog Inglés, Bulldog Americano, Bulldog Francés, Boxer, Boxer Japonés, Boston Terrier, Chin Japonés, Pug, Pug Chino, Pug Alemán, Pequinés, Lhasa Apso, Chow Chow, English Toy Spaniel, Mastiff, Staffordshire Bull Terrier, Spaniel Tibetano, Shar Pei, Shih Tzu, Grifón de Bruselas; y de gatos: Burmés, Exóticos Himalayos y Persa.
La explicación de Aerolíneas Argentinas es que “estos animales son muy sensibles al calor, tienen dificultad respiratoria y para regular la temperatura corporal, por lo tanto las condiciones de temperatura son más restrictivas para este tipo de razas”. Ante lo cual recomiendan realizar el envío de los mismos a través del servicio de Jet Paq.
Asimismo, la empresa aérea LAN, en su página web, brinda la misma información en torno a las razas de perros y gatos braquicéfalos, indicando que “pueden tener problemas respiratorios, por lo que no podrán acompañarte en tu viaje”.
Conjuntamente agrega a los ya mencionados las razas caninas: Affenpinscher, American Staffordshire Terrier, Boston Terrier, Boxer (todas las razas), Bulldog (todas las razas), Cane Corso, Dogo de Burdeos, Japanese Chin, Mastín (todas las razas), Pit Bull, Presa Canario, Pug (todas las razas); ilustrando con fotografías cada una de ellas.
Cabe recordar que el año pasado, una pasajera denunció públicamente a Aerolíneas Argentinas por la muerte de su perro que viajaba de Buenos Aires a Río Gallegos. La mascota era de raza Pug, una de las que figura en el listado con prohibición, desde el 1 de marzo de este año, para viajar.

Otros condicionamientos

El tipo de aeronave y la disponibilidad de lugar en bodega son otros de los condicionamientos a la hora de trasladar una mascota.
Desde Aerolíneas Argentinas señalan que “está permitido el traslado de mascotas (perros y gatos) como equipaje acompañado en aviones de fuselaje angosto (Boeing 737 y Embraer 190) y es condicional dependiendo de la situación climática imperante al momento del embarque”.
Este tipo de aeronave son las comúnmente utilizadas en los vuelos de cabotaje de Ushuaia a Buenos Aires, por lo que se podría trasladar a las mascotas.
En tanto que si se realiza un trasbordo desde el aeropuerto Jorge Newbery para dirigirse a otra provincia es recomendable que el pasajero consulte con anticipación a la aerolínea para averiguar la factibilidad del viaje de su mascota.
“Los pasajeros que deseen viajar con sus mascotas deberán despacharlas como equipaje acompañado, sujeto a disponibilidad de bodega y a las condiciones que se describen en esta sección. Se recuerda que la reserva de la bodega debe realizarse hasta 48 horas, antes de la salida del vuelo”, informa Aerolíneas Argentinas en su página web.
Conjuntamente advierte que “debido a las diferencia de las condiciones de las bodegas de las aeronaves para transportar un animal en condiciones seguras, informamos que la reserva para el traslado de mascotas es condicional”, es decir que “la reserva no asegura al pasajero que su mascota viaje en el mismo vuelo, si así sucediese la misma es responsabilidad del pasajero no de la línea aérea”.

Documentación necesaria

Transportar una mascota vía aérea exige la realización de una serie de trámites los cual serán solicitados en el momento del viaje.
La web de Aerolíneas Argentinas indica que para vuelos nacionales se deberá presentar: Certificado veterinario de buena salud y antirrábico, emitido con no más de una semana de anterioridad a la partida del vuelo y certificados de vacunación correspondientes.
En el caso de vuelos regionales e internacionales, “debido a la aplicación de medidas restrictivas para el transporte de animales hacia el Exterior, el pasajero deberá, en primera instancia, informarse en el Consulado o Embajada del país al cual viaja, de los requisitos exigidos”.
Para los vuelos regionales o internacionales que parten desde el Aeropuerto de Ezeiza se determina que según resolución SENASA N° 1354/94, únicamente se podrán despachar mascotas cuando los pasajeros presenten el Permiso de Embarque de Animales Vivos el cual será entregado por la Oficina del SENASA Ezeiza, previo al embarque de la mascota en dicho Aeropuerto.
Desde EDFM se intentó dialogar con las autoridades de la sucursal de Aerolíneas Argentinas en Ushuaia, donde se informó que las disposiciones son de casa central. En tanto que, en comunicación con el área de prensa en Capital Federal, se indicó que este tipo de información deberá ser suministrada por el área comercial de la localidad.