Libertad de expresión – Causa contra el fallecido senador José Martínez:

Califican de “auspicioso” el dictamen de la Procuración General de la Nación

13/11/2014
E
l abogado Manuel Raimbault calificó ayer como una señal “auspiciosa” el dictamen de la Procuración General de la Nación que favoreció la postura del ex senador nacional José Carlos Martínez en el juicio que mantiene contra sus familiares el actual Fiscal de Estado de la provincia Virgilio Martínez de Sucre.
El ex senador fallecido durante un accidente de tránsito en 2011 había recibido en vida una condena civil dictada por la ex jueza de primera instancia Adriana Rapossi, por declaraciones formuladas diez años antes en las que criticó a Martínez de Sucre por su desempeño funcional.
Ese fallo fue avalado luego por un pronunciamiento de la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones, y en la instancia de casación (cuando ya Martínez había fallecido) fue confirmado también por los actuales integrantes del Superior Tribunal de Justicia.
De esta manera, los efectos de la sentencia (que obliga a pagar 20 mil pesos más los intereses acumulados durante más de una década, por un supuesto daño moral) recayeron sobre la viuda del ex senador y sus cuatro hijos.
La polémica decisión judicial repercutió fuera del ámbito provincial y fue catalogada por expertos y organizaciones defensoras de los derechos humanos como un severo ataque a la libertad de expresión.
El fallo fue recurrido por la defensa de Martínez, ejercida por Raimbault, mediante un recurso extraordinario federal que fue concedido por los jueces del STJ, y así llegó a la Suprema Corte donde tramita actualmente.
Desde marzo del año pasado, el expediente se encontraba en la Procuración a cargo de Alejandra Gils Garbó, que ahora se pronunció a favor de Martínez, aunque todavía resta el fallo de los jueces de la Corte.
Según Raimbault, la decisión de la Procuración va en sintonía con los estándares que fijó el máximo tribunal argentino en materia de libertad de expresión.
El abogado destacó la importancia del caso, más allá de los intereses de la familia del ex senador, porque “tendrá un efecto simbólico en el debate de asuntos públicos en Tierra del Fuego”., indicó.
Es que según el letrado, de acuerdo al criterio que se termine adoptando en esta causa, habrá quienes se animarán a realizar más o menos críticas públicas a los funcionarios, y si ello ocurre en el sentido restrictivo, “entonces podría ser nocivo para el sistema democrático”, evaluó.
Raimbault recordó que Martínez efectuó las críticas al funcionario cuando era director del actual IPAUSS, y pidió que la Legislatura le iniciara un juicio político al Fiscal de Estado por las omisiones que según su criterio habría cometido al permitir, entre otros puntos, que se estatizara la deuda con la Caja Previsional.
“José decía que lo estaba pasando con el IPAUSS iba a derivar en una crisis, y hoy nadie puede decir que eso sea falso”, resumió su abogado.
Según el dictamen de la Procuración, cuando el ex senador criticó a Martínez de Sucre no hizo más que ejercer su derecho a la libertad de expresión.
En esa línea, sostuvo dos principios básicos: por un lado la aplicabilidad de la llamada doctrina de la real malicia, según la cual al tratarse de una figura pública, el demandado debió demostrar en el juicio que el ex senador le imputó acusaciones falsas y a sabiendas de que lo eran. Por otra parte, mantuvo que al tratarse de un funcionario público, su tolerancia al nivel de críticas debe ser mayor que si se tratara de un ciudadano común.
En ese sentido, el dictamen asevera que “la condena (contra Martínez y sus familiares) debe ser revocada debido a que el actor no cumplió con la carga de acreditar la falsedad de la información, ni la circunstancia de que el demandado hubiera obrado a sabiendas de su falsedad o con total despreocupación al respecto”.
“Es más, de la sentencia recurrida surge con claridad que no se ha acreditado que el demandado hubiera obrado con real malicia al formular las declaraciones cuestionadas”, agrega el pronunciamiento.
La procuradora tampoco aceptó la asimilación de las críticas a los insultos, un razonamiento que había planteado la Cámara de Apelaciones provincial y que había sostenido el Superior Tribunal de Justicia.
Las manifestaciones de Martínez “no constituyen un insulto o una vejación gratuita o injustificada, sino que muestran una relación con las ideas expuestas”, indicó el dictamen que ahora deberán evaluar los jueces de la Suprema Corte.

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