E
l Poder Ejecutivo rechazó la pretensión legislativa de modificar la ley impositiva para dar un trato diferencial para el pago del impuesto mínimo de los inmuebles rurales en aquellos casos en que una parcela pretende ser destinada al desarrollo de emprendimientos inmobiliarios.
El proyecto ahora vetado había sido presentado de manera conjunta por todos los bloques legislativos y aprobado por unanimidad en la sesión del jueves 20 de noviembre.
El fundamento de la iniciativa daba cuenta que en el marco de las modificaciones introducidas por la ley 904 al impuesto inmobiliario rural se dispuso incrementar el impuesto mínimo para inmuebles rurales, fijando el mismo en la suma de 700 pesos, e indicaba que esa reforma no contempló la “especial situación que se genera en casos de subdivisiones parcelarias con destino a la creación de viviendas de fin de semana, clubes de campo, countries o emprendimientos similares”. Los parlamentarios señalaban que en esos casos “a partir de una determinada parcela rural, o de una fracción de la misma, se proyectan y aprueban subdivisiones, resultando de ellas una gran cantidad de lotes o parcelas más pequeñas. Estos nuevos lotes o parcelas, a partir de su inscripción registral como inmuebles independientes se encontrarán individualmente alcanzados por el impuesto mínimo” fijado por ley 904.
A entender de los legisladores resultaba “por demás evidente que la situación descripta genera una importante carga tributaria que dificulta y desalienta, cuanto menos, la puesta en marcha de este tipo de emprendimientos”, por lo que resolvieron impulsar una reformulación del artículo 33 de la ley impositiva, que había sido modificado en 2012 por la ley 904, que contemplara que en “en el caso de subdivisiones parcelarias o loteos de inmuebles rurales destinados a la creación de clubes de campo, countries y/o emprendimientos similares, cada una de las nuevas parcelas resultantes de la subdivisión realizada no tributará el impuesto como inmueble rural independiente sino hasta ser transferida e inscripta a nombre de un nuevo titular, o bien hasta que comience a realizarse en ella obras de construcción o infraestructura o mejoras que evidencien un uso independiente de la parcela respectiva”.
Según se desprende del decreto 2944, del pasado 5 de diciembre, tanto el Ministerio de Economía como la Secretaría Legal y Técnica no compartieron en nada el criterio sustentado por los 15 legisladores, por lo que la Gobernadora resolvió vetar totalmente el proyecto en cuestión. Con el inicio del período legislativo 2015 los parlamentarios deberán resolver si avanzan en la aprobación por insistencia de la propuesta o si convalidan la determinación adoptada por el Ejecutivo.