El Gobierno reglamentó las comisiones de servicio
En el sector docente

El Gobierno reglamentó las comisiones de servicio

En el 2014, el Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado pidieron que se reglamente la concesión de las comisiones de servicio a los docentes. Indicaron que la normativa era necesaria para evitar abusos. A cuatro años de esas sugerencias, la gobernadora Rosana Bertone materializó esa regulación.
28/03/2018
L

uego de 4 años que lo solicitara el Tribunal de Cuentas y la Fiscalía de Estado, ante el vacío legal que existía, lo que daba lugar a una serie de “abusos” en su utilización, la gobernadora Rosana Bertone emitió el Decreto 705/18, estableciendo la reglamentación para el otorgamiento de las Comisiones de Servicios al personal docente, cuando el mismo sea de extrema necesidad.
El Decreto fue firmado el pasado 20 de marzo y publicado este lunes en el Boletín Oficial, de todas maneras, como efecto inmediato de esa herramienta legal, el pasado 22 de marzo la Gobernadora dejó sin efecto 184 comisiones de servicios, obligando a los docentes que hacían uso de ese beneficio, a volver a las aulas, para ejercer la tarea para la que ingresaron a la administración pública provincial.
Según el texto del Decreto, se “considera comisión de servicio al docente afectado a otra dependencia, dentro o fuera de la jurisdicción presupuestaria en la que reviste, a fin de cumplir una misión específica, concreta y temporaria que responda a las necesidades del organismo de origen y se encuentre o no esa función entre las comprendidas” en las leyes que regulan la actividad docente.
Se aclara que “podrán ser destacados en comisión únicamente los docentes titulares y/o interinos” y se específica que “las solicitudes de autorización de las comisiones de servicio deberán encontrarse debidamente fundadas y deberán contener la misión específica, concreta y temporaria del área de origen que procura encomendarse y el plazo de duración pretendida. Serán autorizadas exclusivamente por la Gobernadora, mediante dictado del decreto pertinente”.
Otra regulación importante, es que “el plazo máximo de duración de las comisiones de servicio reguladas será de 9 meses con excepción de aquellos casos en que se acredite debidamente la necesidad de disponer de un plazo mayor”.

Desde el 2014 se había solicitado la reglamentación

En los fundamentos del Decreto, la gobernadora Bertone se remite a la Resolución Plenaria del Tribunal de Cuentas de la Provincia 231/2014, donde se aconsejó a quien estaba al frente del Poder Ejecutivo (en ese entonces Fabiana Ríos) que “resulta importante el dictado de una normativa específica del escalafón docente que reglamente la figura de la comisión de servicios”.
Los Vocales del Tribunal solicitaron que el Ejecutivo regule sobre “una serie de cuestiones tales como la situación de revista que debe tener el docente, plazo máximo de duración, si es posible obtener cambios de situaciones de revista durante la misma (por ejemplo de suplente y/o interino a titular), ello a fin de evitar dudas interpretativas y/o abusos en la práctica”.
En tanto, el Fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, en su dictamen 7/14 también se sumó a lo sugerido por el Tribunal de Cuentas, haciendo saber “al Ministerio de Educación que en conjunto con la dirección de Personal Docente, y con el servicio jurídico, se deberá trabajar en un proyecto de reglamentación de la ley 631, con el objeto de regular lo vinculado al instituto de la comisión de servicios aplicable a los docentes abarcados por esa ley”.
Cabe destacar que Bertone, consideró de suma necesidad dictar “un reglamento aplicable al personal docente en todos los niveles, que establezca el procedimiento de la comisión de servicios, lo cual repercutirá positivamente en la asignación de recursos económicos y humanos destinados a Educación”.

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