Intervención del Tribunal de Cuentas

Posturas disímiles en torno a los aportes y contribuciones del Laboratorio del Fin del Mundo

El órgano de contralor inició una investigación especial para determinar si el Laboratorio del Fin del Mundo debe realizar aportes y contribuciones a la OSEF y a la Caja de Previsión correspondiente al personal que se encuentra bajo su órbita e inclusive de los integrantes del directorio. No obstante desde el ente que produce medicamentos señalaron que son regidos por una ley específica y que se rigen por la ley nacional de sociedades.
03/09/2019
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l Tribunal de Cuentas inició una investigación especial sobre la situación de los aportes y contribuciones del Laboratorio del Fin del Mundo para que se determine si el mismo debe realizar aportes a la Caja de Previsión Social de la Provincia. Igualmente desde el laboratorio anticiparon que no corresponde ya que “es una sociedad de derecho privado” sujeta a la ley que lo creó y a la ley nacional de sociedades.
Mediante la Resolución Plenaria N° 160 se analizaron varios aspectos en dicho documento, tales como la cesión de un predio y el incremento del capital social, aunque llamó la atención el reclamo del organismo de contralor hacia el laboratorio por la remisión de aportes y contribuciones a la obra social del estado fueguino y a la caja de previsión.
Sobre este aspecto el contador Rafael Choren en su condición de auditor fiscal puso en discusión y se le solicitó a la Caja de la Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego y a la Obra Social de la Provincia, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Artículo 14 de la Ley Provincial N° 1076 por parte de las autoridades del Laboratorio del Fin del Mundo tanto para el personal como para los miembros del directorio.
Desde el Tribunal se solicitó que "se aporte a la Secretaría Contable en el caso de existir, los comprobantes que acrediten los depósitos de los aportes y contribuciones a dichas instituciones (CPSPTF y OSPTF) ya que según el cruzamiento de datos con la documentación aportada por el Laboratorio del Fin del Mundo, dichas obligaciones no habrían sido cumplidas por lo que el presente pedido constituye un procedimiento de auditoría normal y habitual consistente en el cruzamiento de datos aportados por los diferentes organismos del Estado Provincial".
Para el Tribunal "las autoridades del Laboratorio se encontrarían obligados a cumplir con los requisitos  y obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley Provincial 1076 (el cual constituye en Artículo 54 de la ley provincial N° 561".

La respuesta del laboratorio

Pero por su parte el Laboratorio del Fin del Mundo presentó sendas notas en el Tribunal de Cuentas firmadas por el presidente de la sociedad, el doctor Carlos López, por la vicepresidenta, la contadora Clara López Ríos y por el director Santiago Villa.
En la misma básicamente se recordó al Tribunal de Cuentas que "el Laboratorio del Fin del Mundo SAPEN es una sociedad de derecho privado sujeta en atención a su normativa de creación (ley provincial Numero 1136) al régimen de la Ley General de Sociedades (ley 19550), y la participación de la Provincia de Tierra del Fuego como accionista no modifica su carácter tal, por lo que sus directores no son funcionarios ni agentes públicos provinciales y no están por ello sometidos a ningún régimen relativo a la función pública aplicable en el ámbito provincial".
Asimismo tras mencionar alguna jurisprudencia las autoridades del Laboratorio reiteraron que sus directores "no son funcionarios públicos y están sujetos al derecho privado, particularmente a las normas de la Ley General de Sociedades Ley 19550).
Por tal motivo los integrantes del Tribunal dispusieron el inicio de una investigación especial para que se aborde otros temas y el de si corresponde la remisión de fondos de aportes y contribuciones a los entes provinciales – obra social y caja de previsión - atento a que consideran que podrían existir una "posible contradicción con el marco normativo".

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