ntendiendo que resulta conveniente contar con “una uniformidad normativa que facilite el tránsito de personas y mercaderías, contribuyendo al desarrollo del turismo, la industria y el comercio”, el Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura una modificación a la ley mediante la que la Provincia adhirió a la ley nacional de tránsito, que incrementa “el peso máximo que deben transmitir a la calzada los vehículos destinados al transporte de carga o de pasajeros”.
En la actualidad, y tal lo determina la ley provincial 726, los vehículos y su carga no deben transmitir a la calzada un peso mayor a 45 toneladas en total cuando se trate de una formación normal de vehículos, y a 30 toneladas para camión acoplado o acoplado considerados individualmente.
De prosperar la iniciativa del Ejecutivo esos topes máximos se adecuarán a los fijados a nivel nacional, por lo que se elevarán a 75 toneladas para una formación normal de vehículos, siempre que las configuraciones de vehículos estén debidamente reglamentadas, en tanto que para camión acoplado o acoplado considerados individualmente; lo que resulte de su configuración de ejes, en configuraciones debidamente reglamentadas.
Al igual que la ley nacional 27.445 –modificatoria de la ley de tránsito 24.449- prevé que “la reglamentación define los límites intermedios de diversas combinaciones de ruedas, las dimensiones del tándem, las tolerancias, el uso de ruedas superanchas, las excepciones y restricciones para los vehículos especiales de transporte de otros vehículos sobre sí.