El defensor dijo que Walter López hizo un “uso excesivo de la legítima defensa”
ALEGATO DE LA DEFENSA

El defensor dijo que Walter López hizo un “uso excesivo de la legítima defensa”

El defensor público Gustavo Ariznabarreta, planteó en su alegato que el acusado por el homicidio de Adrián Garelli hizo un “uso excesivo de la legítima defensa”. Pidió que de existir condena, la misma sea en el mínimo de la pena establecido por el Código Penal. El próximo viernes el Tribunal de Juicio dará a conocer un veredicto.
17/06/2020
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l próximo viernes el Tribunal de Juicio de Río Grande deberá resolver el monto de la condena sobre Walter Daniel López como autor material y penalmente responsable por el asesinato de Adrián Garelli ocurrido en el norte provincial el año pasado.
Considerando que en la causa y en el debate quedó establecido que Walter Daniel López respondió a una agresión y que su accionar está encuadrado en un “excesivo uso de la legítima defensa”, el defensor público Gustavo Ariznabarreta, solicitó que se aplique el mínimo de la pena establecido en el Código Penal.
López está acusado por el homicidio que sucedió el 26 de mayo del año pasado, que se cobró la vida de Adrián Garelli, el cual sucedió a las afueras del boliche bailable Doop, ubicado en el sector de Chacra IV.
Tras escuchar el alegato de la defensa, que era el único proceso que restaba para declarar cerrada las audiencias del juicio, el Tribunal de Juicio en lo Criminal resolvió pasar a un cuarto intermedio hasta el viernes 19 del corriente, a las 10.00, para escuchar las últimas palabras del imputado y después pasar a deliberar y dar a conocer el veredicto.
El Dr. Gustavo Ariznabarreta, Defensor Oficial ante el Superior Tribunal de Justicia presentó su alegato de manera remota, desde la ciudad de Ushuaia, en tanto que su defendido estuvo presenciando el mismo desde la Unidad de Detención y, a su vez, desde otra dependencia judicial, ubicada en el centro de la ciudad, lo seguía la familia de la víctima junto al abogado querellante, doctor Raúl Rojas.
En su argumento defensista, el Dr. Ariznabarreta dijo que no está materialmente acreditado que López haya tenido intención de matar, por lo tanto no existe dolo y por ello el accionar del acusado no se puede encuadrar como un delito de homicidio agravado por el uso de arma, tal como lo sostuvo la fiscal Laura Urquiza, para solicitar que se aplique una condena de 22 años de cárcel.
El Defensor ante el Superior Tribunal dijo que en caso que los Jueces del Tribunal de Juicio decidan aplicar una condena, la misma sea en la calificación de “exceso en la legítima defensa”, por lo tanto solicitó que se aplique el mínimo establecido en el Código Penal para la comisión de ese delito.
Durante su alegato, el doctor Ariznabarreta no dejó de reprochar el alegato del abogado de la querella, quien al momento de valorar una pena, dijo que la misma debía ser de prisión perpetua, planteó que el mismo resulta nulo debido a que no está previsto en el delito por el cual fue llevado a juicio López, y así lo entendió en su momento el Tribunal de Juicio que lo intimó a reconsiderar su acusación.
Al ratificar el pedido de la aplicación de una pena mínima, el Dr. Ariznabarreta indicó que no existen agravantes contra López y que por el contrario, hay atenuantes que el Tribunal debe merituar, como el hecho de haber estado bajo los efectos del alcohol, que hubo una agresión previa y que el acusado actuó con impulso en medio de un estado de miedo.

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