Propuesta de modificación para garantizar la paridad de género
Ley de funcionamiento del Consejo de la Magistratura

Propuesta de modificación para garantizar la paridad de género

La iniciativa presentada por dos abogadas de Ushuaia busca garantizar la paridad de género en la integración del Consejo de la Magistratura como así también en la de los Tribunales Colegiados de la Justicia Provincial.
21/08/2020
E

l proyecto de ampliación de miembros del Superior Tribunal de Justicia abrió la puerta a un postergado debate en torno a la participación de las mujeres en cargos de jerarquía dentro de la estructura del Poder Judicial de Tierra del Fuego, debate que ahora se hace extensivo a la integración del Consejo de la Magistratura.
Con el afán de revertir esa situación y habilitar la discusión parlamentaria del tema, las abogadas Karina Echazú y Liliana Gavilán presentaron un proyecto de modificación a la ley de creación del Consejo de la Magistratura.
La iniciativa apunta a garantizar la paridad de géneros tanto en la integración del órgano constitucional encargado de la selección y remoción de magistrados, como en la conformación del Superior Tribunal como en los demás tribunales colegiados de la justicia fueguino.
A tal fin, se propone que tanto el Superior Tribunal de Justicia como el Poder Ejecutivo tengan en cuenta al momento de definir quiénes serán sus representantes ante el Consejo de la Magistratura que con dichas designaciones “se garantice la paridad de género en la composición del cuerpo”, y que la representación del Poder Legislativo esté integrada por 2 legisladores “de distinta extracción política y género”. También se plantea que las listas de candidatos de abogados para integrar el Consejo respeten la paridad de género.
Pero el proyecto va más allá de pretender garantizar únicamente una participación más equitativa de género dentro del Consejo, ya que postula que “las vacantes que se produzcan a partir de la vigencia de la presente ley en el Superior Tribunal de Justicia o en cualquier otro tribunal colegiado de la Provincia, deberán ser cubiertas por mujeres hasta tanto se cumpla en cada uno, con el cupo femenino dispuesto, en miras de promover la igualdad de género en el Poder Judicial”.
Además, y “en virtud del fuerte compromiso asumido por nuestro país con los derechos de género al ratificar diversos instrumentos internacionales, el Congreso de la Nación sancionó la ley 27.499 -conocida como "Ley Micaela"-, por medio de la cual se estableció la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en todos sus niveles y jerarquías, en los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación” a la que la Provincia adhirió, las autores de la iniciativa incorporan como requisito a cumplir por los postulantes a ocupar cargos dentro de la justicia fueguina que acrediten “con carácter excluyente constancia de capacitación actualizada en materia de perspectiva de género en la modalidad que la reglamentación determine”.
En el fundamento del proyecto se afirma que “es tiempo de realizar esta modificación para evitar una situación similar a la que se dio en otro ámbito de la vida pública, el Concejo Deliberante de la ciudad, en el que debió intervenir el Superior Tribunal de Justicia para remediar la evidente desigualdad en la representación del Cuerpo político”, y que “no adoptar medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato entre los distintos géneros para integrar el Consejo de la Magistratura, repercute doblemente, tanto en dicho Organismo, como en la integración de los magistrados del Poder Judicial de la Provincia, por su función de elección y designación de los mismos”.  
Se indica también que la situación de disparidad en el Poder Judicial Provincial es “evidente y preocupante”. Como ejemplo de ello se indica que “en la ciudad de Ushuaia las magistradas, es decir, juezas, defensoras y fiscales no alcanzan a representar el 20 por ciento del total de integrantes, incumpliendo de manera grave las propias normas constitucionales y convencionales que obligan a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres”.

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