Se flexibilizaron restricciones
Pandemia COVID-19

Se flexibilizaron restricciones

El Gobierno Provincial extendió el horario de funcionamiento de locales gastronómicos y de circulación nocturna. Se habilitó el funcionamiento de salones de fiestas y casinos. Sigue rigiendo la prohibición de realización de reuniones sociales en domicilios particulares y la suspensión de las actividades de bingos y discotecas.
14/06/2021
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ras adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia 381/21 dictado por el Gobierno Nacional el pasado viernes 11, el ministerio de Salud de la Provincia de “acuerdo a la aplicación del esquema de cálculo impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional para la calificación del riesgo epidemiológico de la Provincia” dispuso cuáles serán las restricciones vigentes en Tierra del Fuego hasta el viernes 25 de junio.
En función de esos indicadores se mantiene la prohibición de realización de reuniones sociales en domicilios particulares, como así también la suspensión de actividades en bingos y discoteca. También continúa vigente la suspensión de los viajes turísticos grupales, pudiéndose realizar actividades y excursiones turísticas en grupo mediante empresas habilitadas que cuenten con protocolos aprobados.
El horario de circulación nocturna queda limitado entre la 1:00 y 6:00, a excepción de las personas afectadas a servicios esenciales, por lo que en ese horario queda suspendida la actividad de delivery.
Los locales gastronómicos deberán permanecer cerrados entre ese mismo rango horario, y se mantiene el tope de 10 comensales por mesa y el distanciamiento físico mínimo de 1,5 metros.
Los salones recreativos infantiles, salones de eventos, salones de fiesta y quinchos podrán continuar sus actividades con hasta 20 personas, debiendo garantizar la distancia y dar cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes.
Los casinos pueden volver a abrir sus puertas al público entre las 6:00 y la 1:00.
Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán continuar realizándose en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad local, debiendo ajustar la cantidad de concurrentes de acuerdo a la superficie del espacio, respetando siempre la distancia social obligatoria y extremando las medidas de higiene, desinfección y ventilación requerida por los protocolos.
Los gimnasios, eventos religiosos, cines, teatros, centros culturales y afines podrán continuar con sus actividades a razón de 1 persona por cada 4 metros cuadrados, siempre dependiendo de las dimensiones del lugar que permitan respetar la distancia establecida. En el caso de los eventos religiosos el tope será de 50 concurrentes. Los niños, niñas y adolescentes estarán incluidos dentro de la burbuja del adulto en aquellas actividades que así lo permitan.
Los salones recreativos infantiles, salones de eventos, salones de fiesta y quinchos podrán continuar sus actividades con hasta 20 personas debiendo garantizar la distancia y dar cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes.
Se mantiene la autorización de actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 20 personas dando estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes.
La práctica recreativa de cualquier deporte se permite en lugares cerrados o al aire libre hasta 20 personas, siempre que se permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre participantes.
Las competencias nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados o abiertos podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales o provinciales, según corresponda.
Los actos escolares por motivos de celebraciones nacionales o provinciales podrán realizarse previa aprobación del protocolo que deberán remitir a [email protected], y se mantiene la prohibición de realizar actos públicos.
La Resolución 744, del ministerio de Salud, determina “la evaluación semanal de la calificación de riesgo epidemiológico y sanitario a los fines de evaluar” las medidas vigentes en la Provincia.

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