Confirmaron la condena contra Lucas Villalobos por homicidio en grado de tentativa
SENTENCIA DEL SUPERIOR TRIBUNAL

Confirmaron la condena contra Lucas Villalobos por homicidio en grado de tentativa

Lucas Villalobos fue condenado en septiembre del año pasado a 7 años y 6 meses de prisión por las lesiones que le produjo al joven Matías Sánchez, las que pusieron en riesgo su vida. Además, por la agresión física a Gabriela Tedesco, las que fueron realizadas en un contexto de “violencia de género”.
22/09/2021
E

l Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso de casación del abogado defensor de Lucas Villalobos y confirmó la condena de 7 años de prisión, aplicada por el delito de homicidio en grado de tentativa y confirmando además que las lesiones provocadas a una mujer que era su ex pareja fueron realizadas “en un contexto de violencia de género”.
En una sentencia firmada el pasado 23 de agosto, la jueza María del Carmen Battaini y los jueces Javíer Muchnik y Carlos Gonzalo Sagastume; en ese orden, confirmaron el fallo que el 11 de septiembre del año pasado fue dictado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, que condenó a Lucas Ezequiel Villalobos a la pena de siete años y seis meses de prisión, por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de homicidio en grado de tentativa, lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, violación de domicilio, robo y daños, en concurso real; por los hechos cometidos el 14 de septiembre de 2019.
El máximo órgano judicial de la provincia intervino en la causa, por una recurso que presentó el abogado José Rodas Fernández; donde atacó la figura de la tentativa de homicidio, señalando que “de la prueba no surgen elementos que den certeza para conformar un grado de convicción necesaria que consiga afirmar que Villalobos tuvo la intención de matar y que, en su caso, hubo un desistimiento voluntario de su parte al retirarse del lugar”.
Además planteó que en el debate oral no se ha probado de forma cierta y más allá de toda duda que la conducta de Villalobos se haya desarrollado en un contexto de violencia de género.
Con el voto principal de la jueza María del Carmen Battaini, a los que adhirieron los jueces Muchnik y Sagastume; la sentencia del STJ subraya que “por sus características, contexto y circunstancias los hechos constituyen claros actos de violencia contra la mujer en el marco de la Ley 26.485, sobre la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.
Y respecto a la tentativa de homicidio, lo resuelto por los Jueces puntualiza que “el dolo homicida estaba determinado por el lugar o la zona del cuerpo donde se dirigió la acción ofensiva, la vulnerabilidad que exhibía la víctima, la reiteración de los actos atacantes, y la idoneidad de los golpes de puño para causar la muerte”, considerando que Villalobos practicaba boxeo.

Los hechos ocurridos

El 14 de septiembre de 2019, entre las 7:00 y las 8:30, Villalobos ingresó al domicilio de su ex pareja Gabriela Felisa Tedesco, traspuso la cerca de la vereda –cuya entrada tenía candado-, rompió la puerta de ingreso, y con sus puños golpeó repetidamente el rostro de Matías Sánchez dejándolo tirado en el piso, ensangrentado e inconsciente.
Cuando Tedesco intervino la tomó del cabello, la tiró al piso, le propinó patadas en el rostro y le fracturó la nariz y luego arremetió nuevamente con sus puños contra Sánchez hasta fracturarle la zona cráneofacial.
Villalobos se retiró del domicilio, sustrayendo el celular de su expareja y se apropió de las llaves del automóvil, propiedad de la mujer, retirándose a bordo del vehóculo, que minutos más tarde abandonó en la costanera en la zona de la rotonda del Cristo, luego de romper los paneles vidriados del lateral derecho, luneta y el panel vidriado de la puerta anterior izquierda y el trizamiento del parabrisas.

Consecuencias de las lesiones

A raíz de los golpes recibidos, Matías Sánchez sufrió lesiones contusas en forma de fractura Lefort III, que comprometieron todos los huesos del macizo facial, trauma encéfalo craneano y edema con deformidad facial, además de equimosis en párpados y dos lesiones cortantes.
En el Hospital Regional de Ushuaia, la médica cirujana Laura García lo intervino quirúrgicamente para reconstruir la arquitectura del rostro. La operación fue compleja, duró más de ocho horas y conllevó un riesgo para el paciente. Sentenció que si a la fecha continúa la paresia de una de sus cejas es difícil que en lo sucesivo recupere la movilidad. Su vida estuvo en riesgo en virtud del compromiso de la función respiratoria al momento de su ingreso al hospital, como consecuencia de los traumatismos de cráneo y facial.
Las lesiones pusieron en riesgo su vida, le debilitaron su salud y le deformaron el rostro, debe enfrentar al menos dos años de rehabilitación para poder recuperar fuerzas, poder abrir la boca por completo, la sensibilidad y movilidad total de su cabeza.

El juez Löffler se excusó

En la sentencia del caso Villalobos, el Juez Ernesto Adrián Löffler formuló su inhibición para intervenir, en virtud de que el Dr. José Rodas Fernández, fue su socio en el estudio jurídico en que se desempeñaba antes de su ingreso al Poder Judicial de la Provincia. Lo expuesto por el Magistrado fue aceptado por los demás integrantes del STJ.

Etiquetas
Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos