Se actualizaron las tasas de la Dirección de Catastro
Agencia de Recaudación Fueguina

Se actualizaron las tasas de la Dirección de Catastro

Hasta fin de año la Unidad de Medida que determina el valor de las tasas retributivas de los servicios que presta la Dirección General de Catastro se fijó en 72,60 pesos.
05/10/2021
D

esde el pasado 1 de octubre y hasta fines de este año la unidad de medida que utiliza la AREF para determinar el valor de las tasas retributivas de los servicios que presta la Dirección General de Catastro se fijó en 72,60 pesos.
La actualización del referido valor, dispuesto mediante la resolución AREF 636/21 en función del valor de mercado que tiene el litro de nafta súper en Tierra del Fuego, representa un aumento del orden del 5%.
En la referida Resolución se recuerda que en el año 2016, por ley 1069, se estableció tomar el precio del litro de nafta súper como base para definir el valor de las tasas de la Dirección de los días 1 de enero, 1 de abril, 1 de julio y 1 de octubre.
De esta manera, la tasa más cara (por archivos digitales de restitución) tiene un valor de 7.260 pesos, en tanto que la más económica (por copia digital o impresa) tiene un costo de 14,5 pesos.

Amplían eximición para el pago de tasas catastrales

En la sesión ordinaria realizada el pasado jueves 30 de septiembre, la Legislatura aprobó una modificación a la ley impositiva “para simplificar y clarificar el cobro de tasas referidas a servicios prestados por la Dirección de Catastro”. El proyecto presentado por el bloque oficialista, que fue acompañado por unanimidad, hizo extensiva la exención del pago de tasas catastrales a los profesionales agrimensores que presten sus servicios a requerimiento de dependencias estatales. Hasta esta modificación solamente se encontraba eximida del pago de la tasa respectiva la “subdivisión de un inmueble propiedad del Estado nacional,
provincial o municipal, así como sus entes autárquicos”, cuando el plano fuera realizada por administración. Pero ante la escasez de agrimensores dentro de la administración pública muchas veces ese trabajo es tercerizado por el estado, y el profesional contratado debía pagar la tasa en cuestión, costo que trasladaba al organismo contratante, con lo que en la práctica la eximición prevista en la norma no se verificaba.

Etiquetas
Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos