Piden pena mínima para Gina Cárdenas por matar a su pareja
Homicidio agravado

Piden pena mínima para Gina Cárdenas por matar a su pareja

El Ministerio Público Fiscal invocó en el alegato los atenuantes extraordinarios previsto en el último párrafo del artículo 80 y consideró que en la faz psiquiátrica la mujer padece algún tipo de alteración que la desborda en situaciones violentas. Fue así que solicitó la pena mínima de 8 años de prisión. Por su parte la defensa solicitó que sea absuelta por haber actuado en legítima defensa.
23/09/2022
E

l fiscal Eduardo Urquiza solicitó la pena de 8 años de prisión para Gina Eliana Cárdenas (25) la cual asesinó de una puñalada a Alejandro Ramón Báez en noviembre del año pasado. Si bien en su alegato el procurador mantuvo la figura de homicidio agravado por el vínculo, invocó los atenuantes extraordinarios para poder solicitar una condena mínima.
Durante la etapa de alegatos que tuvo lugar el jueves último, el fiscal Eduardo Urquiza solicitó la pena de 8 años de prisión para la mujer por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En tanto, el defensor Gustavo Ariznabarreta pidió la absolución para su defendida, aduciendo legítima defensa.
Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla, pasaron a un cuarto intermedio hasta hoy a las 10 horas, oportunidad en la que la imputada podrá pronunciar sus últimas palabras. Luego pasarán a deliberar y determinarán si aceptan la postura fiscal de aplicar una pena mínima o si aplican con todo rigor la primera parte del artículo 80 del Código que prevé prisión perpetua para los homicidios agravados por el vínculo. O bien absolverla si es que los convence el argumento de la defensa.
Ayer el fiscal Urquiza pidió al Tribunal una condena de 8 años de prisión para la mujer por el delito de homicidio agravado por el vínculo. Debido a que el homicidio agravado por el vínculo prevé una pena de prisión perpetua, en el último párrafo menciona atenuantes extraordinarios. En este caso se consideró que una pericia psiquiátrica determinó que Cárdenas se desborda antes situaciones violentas que la afectan y si bien no llega a actuar en un estado de emoción violenta, reacciona de una manera imprevisible.
El artículo 80 señala en su último párrafo que: “cuando en el caso del inciso 1° de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho (8) a veinticinco (25) años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”. Como el artículo habla del género femenino específico, habrá que ver qué análisis hace el Tribunal del posicionamiento fiscal.
En el debate se habló del padecimiento de “border” o “border line” de la imputada. Algunas personas pueden presentar situaciones de delirios transitorios vinculados a un trastorno de la personalidad aunque científicamente no es un hecho frecuente motivo por el cual en la clasificación europea se ha optado por denominarlo trastorno por inestabilidad emocional.
Por esta razón el fiscal Urquiza solicitó una pena mínima para Gina Cárdenas. Además, pidió unificar la pena en 10 años de prisión, con la que tenía anteriormente de 5 años de prisión.
Hay que recordar que Gina Cárdenas había sido condenada por participar de un asalto a mano armada junto a dos sujetos y que al momento de asesinar a su pareja, Báez, se encontraba en libertad condicional.
Además de la valoración extraordinaria que prevé el Código, el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo en cuenta como atenuantes la corta edad de la imputada, que es madre soltera de dos menores de edad, así como haber tenido desde niña una vida institucionalizada (internada en institutos de menores), y por haber demostrado arrepentimiento.
Como agravante Urquiza destacó que el hecho se desarrolló en una vecindad y mencionó los antecedentes penales que arrastraba la imputada.
Por su parte, el defensor Gustavo Ariznabarreta solicitó la absolución para su defendida, aduciendo la legítima defensa ya que era víctima de violencia de género.

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